DECRETO 2501 DE 2000
(noviembre 29)
por el cual se confiere autorización para aceptar una invitación.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, especialmente las conferidas por los artículos 129 y 189 ordinal 18 de la Constitución Política,
CONSIDERANDO:
Que la Organización de las Naciones Unidas para el Desarrollo Industrial, Onudi, ha invitado al doctor Juan Alfredo Pinto Saavedra, Viceministro de Desarrollo Económico, del Ministerio de Desarrollo Económico, a participar en el Seminario Regional sobre Prospectiva Tecnológica, de la Organización de las Naciones Unidas para el Desarrollo Industrial que se realizará en la ciudad de Montevideo (Uruguay) del 10 al 14 de diciembre de 2000;
Que el evento tiene como objetivo presentar los avances del programa de prospectiva tecnológica durante el año 2000 y los planes de acción a llevar a cabo en los próximos años, así como establecer formalmente la red de esfuerzos prospectivos en la región latinoamericana, por lo tanto es de suma importancia la asistencia del doctor Juan Alfredo Pinto Saavedra, a dicho seminario;
Que los gastos por concepto de tiquetes aéreos, hospedaje, y alimentación serán cubiertos por la Organización de las Naciones Unidas para el Desarrollo Industrial, Onudi;
Que de acuerdo con lo estipulado por los artículos 129 y 189 numeral 18 de la Constitución Nacional, es facultad del Gobierno conceder permiso a los empleados públicos nacionales, para aceptar con carácter temporal mercedes de Gobiernos Extranjeros u Organismos Internacionales,
DECRETA:
Artículo 1°. Autorízase al doctor Juan Alfredo Pinto Saavedra, Viceministro de Desarrollo Económico, del Ministerio de Desarrollo Económico, para aceptar de la Organización de las Naciones Unidas para el Desarrollo Industrial, Onudi, los gastos por concepto de tiquetes aéreos, hospedaje y alimentación, con el objeto de participar en el Seminario Regional sobre Prospectiva Tecnológica, de la Organización de las Naciones Unidas para el Desarrollo Industrial, que se realizará en la ciudad de Montevideo (Uruguay) del 10 al 14 de diciembre de 2000.
Artículo 2°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 29 de noviembre de 2000.
ANDRES PASTRANA ARANGO
El Ministro de Desarrollo Económico,
Augusto Ramírez Ocampo.