DECRETO 250 DE 2000
(febrero 18)
por el cual se ejecuta una sanción disciplinaria y se efectúa un encargo.
El Presidente de la Republica de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las que le confiere el artículo 189 numeral 13 de la Constitución Política, en concordancia con el artículo 9°, numeral 9 del Decreto ley 2158 de 1992, y
CONSIDERANDO:
Que por Resolución número 3288 del 10 de agosto de 1999, el Superintendente Delegado para el Registro de Instrumentos Públicos de la Superintendencia de Notariado y Registro, profirió fallo de primera instancia, dentro del proceso disciplinario adelantado contra la doctora Mireya Luna White, Registradora Principal de Instrumentos Públicos de Mocoa, Putumayo, imponiéndole sanción de suspensión en el ejercicio del cargo por once (11) días;
Que mediante auto del 5 de noviembre de 1999, el Superintendente Delegado para el Registro de Instrumentos Públicos, inadmitió el recurso de apelación presentado por la doctora Luna White, contra la mencionada decisión;
Que en escrito presentado ante la Personería Municipal de Mocoa, Putumayo, el 9 de diciembre de 1999, la disciplinada interpuso recurso de queja contra el auto que inadmitió el recurso de apelación;
Que el Superintendente de Notariado y Registro, por Resolución número 0322 del 27 de enero de 2000, resolvió el recurso de queja interpuesto, confirmando el auto del 5 de noviembre de 1999;
Que la mencionada resolución quedó debidamente ejecutoriada el 27 de enero de 2000, conforme a la constancia suscrita por el Secretario General de la Superintendencia de Notariado y Registro;
Que corresponde al nominador respecto de los servidores públicos de libre nombramiento o remoción y de carrera, la ejecución de las sanciones disciplinarias impuestas (artículo 94 de la Ley 200 de 1995);
Que el artículo 9° numeral 9 del Decreto 2158 de 1992, faculta al señor Presidente de la República para designar y remover a los Registradores Principales de Instrumentos Públicos;
Que en ese orden, corresponde al Gobierno Nacional, en su condición de nominador, hacer efectiva la medida disciplinaria y designar a la persona que habrá de reemplazar a la funcionaria sancionada durante el término de su ausencia;
Que en mérito de lo expuesto,
DECRETA:
Artículo 1°. Suspéndase en el ejercicio del cargo de Registradora Principal código 2015 grado 27 de Instrumentos Públicos de Mocoa, Putumayo, a la doctora Mireya Luna White, identificada con la cédula de ciudadanía número 25263726 de Popayán, Cauca, por el término de once (11) días, contados a partir de la fecha de la posesión del encargado.
Artículo 2°. Encárgase al doctor Javier Gómez Agudelo, Registrador Seccional código 2185 grado 18 de Instrumentos Públicos de Puerto Asís, Putumayo, como Registrador Principal código 2015 grado 27 de Instrumentos Públicos de Mocoa, Putumayo.
Artículo 3°. Archívese este decreto en la hoja de vida de la doctora Mireya Luna White, para que obre como antecedente disciplinario de la misma.
Artículo 4°. Comuníquese este decreto a la Procuraduría General de la Nación.
Artículo 5°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 18 de febrero de 2000.
ANDRES PASTRANA ARANGO
El Ministro de Justicia y del Derecho,
Rómulo González Trujillo.