DECRETO 2488 DE 2000
(noviembre 29)
por el cual se autoriza a un funcionario del Departamento Administrativo Nacional
de Estadística, para aceptar la invitación formulada por un organismo internacional.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades legales que le confiere el artículo 129 de la Constitución Política de Colombia, y
CONSIDERANDO:
Que el Coordinador de Recursos Tecnológicos de la Secretaría General de la Comunidad Andina en Lima-Perú, mediante fax de fecha 22 de noviembre de 2000, formuló invitación al Departamento Administrativo Nacional de Estadística, para participar en la Reunión de Expertos Gubernamentales en Estadística de Comercio Exterior, a realizarse en la ciudad de Lima-Perú, del 4 al 6 de diciembre del presente año;
Que para participar en la citada reunión se designó al funcionario José Eduardo Granados Fernández, Director Técnico Código 0100 Grado 19 del Departamento Administrativo Nacional de Estadística;
Que el funcionario designado requiere autorización para aceptar la invitación formulada por la Comunidad Andina, contando con el financiamiento total de los gastos para participar en dicha reunión;
Que de conformidad con el artículo 129 de la Constitución Política de Colombia “Los servidores públicos no podrán aceptar cargos, honores o recompensas de gobiernos extranjeros u organismos internacionales, ni celebrar contratos con ellos, sin previa autorización del Gobierno”,
DECRETA:
Artículo 1°. Autorizar al funcionario José Eduardo Granados Fernández, Director Técnico Código 0100 Grado 19 del Departamento Administrativo Nacional de Estadística, identificado número 19184133 de Bogotá, para aceptar de la Comunidad Andina, la invitación formulada que incluye pasajes aéreos Bogotá-Lima-Bogotá, alojamiento incluyendo el desayuno, US$50 de viáticos por noche, pago del impuesto de salida de Bogotá y salida de Lima, pago de US$20 para movilizar de Bogotá al aeropuerto y en Lima, traslados del aeropuerto al Hotel y viceversa, para participar en la Reunión de Expertos Gubernamentales en Estadística de Comercio Exterior, a realizarse en la ciudad de Lima-Perú, del 4 al 6 de diciembre del presente año.
Artículo 2°. El presente decreto rige a partir de fecha de su expedición.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 29 de noviembre de 2000.
ANDRES PASTRANA ARANGO
La Directora del Departamento Administrativo Nacional de Estadística,
María Eulalia Arteta Manrique.