DECRETO 2488 DE 2000

Decretos 2000

DECRETO 2488 DE 2000    

(noviembre 29)    

por el cual se autoriza a un  funcionario del Departamento Administrativo Nacional 

  de Estadística, para aceptar la invitación formulada por un organismo  internacional.    

El Presidente de la República  de Colombia, en ejercicio de las facultades legales que le confiere el artículo  129 de la Constitución Política de  Colombia, y    

CONSIDERANDO:    

Que el Coordinador de  Recursos Tecnológicos de la Secretaría General de la Comunidad Andina en  Lima-Perú, mediante fax de fecha 22 de noviembre de 2000, formuló invitación al  Departamento Administrativo Nacional de Estadística, para participar en la  Reunión de Expertos Gubernamentales en Estadística de Comercio Exterior, a  realizarse en la ciudad de Lima-Perú, del 4 al 6 de diciembre del presente año;    

Que para participar en la  citada reunión se designó al funcionario José Eduardo Granados Fernández,  Director Técnico Código 0100 Grado 19 del Departamento Administrativo Nacional  de Estadística;    

Que el funcionario  designado requiere autorización para aceptar la invitación formulada por la  Comunidad Andina, contando con el financiamiento total de los gastos para  participar en dicha reunión;    

Que de conformidad con el  artículo 129 de la Constitución Política de  Colombia “Los servidores públicos no podrán aceptar cargos, honores o  recompensas de gobiernos extranjeros u organismos internacionales, ni celebrar  contratos con ellos, sin previa autorización del Gobierno”,    

DECRETA:    

Artículo 1°. Autorizar al  funcionario José Eduardo Granados Fernández, Director Técnico Código 0100 Grado  19 del Departamento Administrativo Nacional de Estadística, identificado número  19184133 de Bogotá, para aceptar de la Comunidad Andina, la invitación  formulada que incluye pasajes aéreos Bogotá-Lima-Bogotá, alojamiento incluyendo  el desayuno, US$50 de viáticos por noche, pago del impuesto de salida de Bogotá  y salida de Lima, pago de US$20 para movilizar de Bogotá al aeropuerto y en  Lima, traslados del aeropuerto al Hotel y viceversa, para participar en la  Reunión de Expertos Gubernamentales en Estadística de Comercio Exterior, a  realizarse en la ciudad de Lima-Perú, del 4 al 6 de diciembre del presente año.    

Artículo 2°. El presente decreto  rige a partir de fecha de su expedición.    

Publíquese, comuníquese y  cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a  29 de noviembre de 2000.    

ANDRES PASTRANA ARANGO    

La Directora del  Departamento Administrativo Nacional de Estadística,    

María Eulalia Arteta Manrique.              

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