DECRETO 2447 DE 2000
(noviembre 23)
por medio del cual se concede una comisión al exterior y se hace un encargo.
El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial las otorgadas por los artículos 129 y 189 de la Constitución Política, 34 y 96 del Decreto 1950 de 1973 y los decretos 1050 de 1997, 26 de 1998 y 67 de 1999, y
CONSIDERANDO:
Que la Alianza Cooperativa Internacional, ACI, ha invitado a la Directora del Departamento Administrativo Nacional de la Economía Solidaria a participar en el evento mundial de Cooperativismo denominado “III Expocoop” que se llevará a cabo en la ciudad de Rio de Janeiro durante los días 3 a 8 de diciembre de 2000;
Que este Despacho considera necesaria la asistencia de la doctora Miryam Donato de Montoya, Directora del Departamento Administrativo de la Economía Solidaria, a dicho evento,
DECRETA:
Artículo 1°. Conceder comisión de servicios al exterior a la doctora Miryam Donato de Montoya, Directora del Departamento Administrativo de la Economía Solidaria identificada con la cédula de ciudadanía número 24310168 de Manizales, por los días 2 al 9 de diciembre de 2000, para que se desplace a la ciudad de Rio de Janeiro con el objeto de participar en el Simposio Ministerial.
Artículo 2°. La Comisionada tendrá derecho a devengar viáticos a razón de US$265.00 diarios por siete días pernoctando y US$132.50 por un día sin pernoctar, para un total de US$1.987.50 y al suministro de pasajes aéreos en clase Ejecutiva.
Artículo 3°. Los gastos correspondientes a viáticos y transporte serán sufragados con cargo a la Unidad 2401-01, Gestión General, Cuenta 2, Subcuenta 0, Gastos Generales, Objeto del Gasto 02 Adquisición de Servicios, Ordinal 5-Viáticos y Gastos de Viaje al Exterior, Recurso 10 Otros Gastos del Presupuesto del Departamento Administrativo de la Economía Solidaria de la actual vigencia.
Artículo 4°. Encargar al doctor Néstor Ortiz, Director Técnico de las funciones del Despacho del Director del Departamento Administrativo de la Economía Solidaria, mientras la titular permanece en comisión.
Artículo 5°. La Comisionada deberá presentar dentro de los tres (3) días siguientes de finalizada la comisión, un informe detallado de las actividades desplegadas en desarrollo de la misma.
Artículo 6°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D.C., a 23 de noviembre de 2000.
ANDRES PASTRANA ARANGO
El Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República,