DECRETO 2444 DE 2000
(noviembre 23)
por el cual se revoca el Decreto 1174 de 22 de junio del año 2000,
se acepta una renuncia y efectúa un nombramiento en interinidad.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales en especial de las que le confiere el numeral 13 del artículo 189 de la Constitución Política y los artículos 5° del Decreto 2163 de 1970 y 66 del Decreto reglamentario 2148 de 1983, y
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto 1174 de 22 de junio del año 2000, fue encargado de la Notaría Unica del Círculo de Leticia, Amazonas, el doctor Felipe Rodríguez Durán, identificado con la cédula de ciudadanía 13833397 expedida en Bucaramanga, por el término de tres (3) meses y quince (15) días, contados a partir de la fecha de su posesión;
Que el doctor Felipe Rodríguez Durán, mediante comunicación del 11 de julio del año 2000, declinó el encargo anterior;
Que el doctor Edgar Milton Caicedo Burgos, presentó renuncia al cargo de Notario Unico del Círculo de Leticia, Amazonas;
Que se hace necesario proveer el cargo de Notario Unico del Círculo de Leticia, Amazonas;
Que por lo anteriormente expuesto,
DECRETA:
Artículo 1°. Revócase en todas sus partes el Decreto 1174 de 22 de junio del año 2000.
Artículo 2°. Acéptase la renuncia al cargo de Notario Unico del Círculo de Leticia, Amazonas, presentada por el doctor Edgar Milton Caicedo Burgos, identificado con la cédula de ciudadanía 17173937 expedida en Bogotá.
Artículo 3°. Nómbrase en interinidad en el cargo de Notario Unico del Círculo de Leticia, Amazonas, al doctor Manuel Rigoberto Leal Carrillo, identificado con la cédula de ciudadanía 13882748 expedida en Barrancabermeja, Santander.
Artículo 4°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 23 de noviembre de 2000.
ANDRES PASTRANA ARANGO
El Ministro de Justicia y del Derecho,
Rómulo González Trujillo.