DECRETO 2404 DE 1998

Decretos 1998

DECRETO 2404 DE 1998    

(noviembre 30)    

por el cual se suprime la  Consejería Presidencial para la Defensa y la Seguridad Nacional y se crea el  Programa Presidencial para la Convivencia, la Seguridad Ciudadana y la  Prevención del Delito.    

Nota:  Derogado por el Decreto 127 de 2001,  artículo 14.    

El  Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades  constitucionales y legales, en especial las conferidas por el ordinal 14 del  artículo 189 de la Constitución Política y  los artículos 16 y 17 del Decreto 1680 de 1991,  y    

DECRETA:    

Artículo 1º. Suprímese la Consejería Presidencial  para la Defensa y la Seguridad Nacional y créase el Programa Presidencial para  la Convivencia, la Seguridad Ciudadana y la Prevención del Delito    

Artículo 2º. Suprímese en el Departamento  Administrativo de la Presidencia de la República el cargo de Consejero  Presidencial para la Seguridad Nacional, código 110-41.    

Artículo 3º. Créase en el Departamento  Administrativo de la Presidencia de la República, el cargo de Director del  Programa Presidencial para la Convivencia, la Seguridad Ciudadana y la  Prevención del Delito, código 120-41.    

Artículo 4º. Son funciones del Director del  Programa Presidencial para la Convivencia, la Seguridad Ciudadana y la  Prevención del Delito:    

1. Elaborar el Plan Nacional sobre Seguridad y  Convivencia Ciudadana basado en la participación comunitaria.    

2. Promover en los centros urbanos distintos a  Bogotá, Medellín y Cali, la generación de planes locales de convivencia y  seguridad ciudadana basados en la coordinación entre las autoridades locales y  la Policía.    

3. Promover en los centros urbanos distintos a Bogotá,  Medellín y Cali, la generación de centros de seguimiento y evaluación de las  manifestaciones de inseguridad y violencia.    

4. Establecer con la Policía Nacional y autoridades  locales en la implantación de un plan destinado a consolidar en todo el país la  Policía Comunitaria que genere el aumento del número de efectivos de la Policía  en la calle, su capacitación especializada para la labor comunitaria y la  consolidación del apoyo ciudadano a la labor policial.    

5. Promover con las autoridades competentes la  reforma de las Inspecciones de Policía.    

6. Colaborar con el Ministerio de Justicia en el  impulso de políticas como la creación de Unidades de Justicia Rápida, la  organización del sistema de investigación criminal del Estado, la solución del  problema carcelario y promover mecanismos eficaces de desjudicialización.    

7. Elaborar, por encargo del Presidente de la  República, estudios y presentar propuestas de solución sobre aspectos que  interesen a la seguridad y defensa de la Nación.    

8. Preparar documentos y planes que permitan el  desarrollo de una política nacional de seguridad, de conformidad con las  instrucciones que reciba del Presidente de la República.    

9. Elaborar las directivas que le encargue el  Presidente de la República, en relación con la convivencia, la seguridad  ciudadana y la prevención del delito.    

10. Formular recomendaciones al Presidente de la  República y a los Consejos Nacionales de Seguridad y Defensa, en relación con  situaciones que afecten de manera especial la seguridad de defensa nacionales.    

11. Coordinar, bajo las indicaciones que le imparta  el Presidente de la República, actividades de entidades y organismos públicos  que cumplan funciones para la convivencia, la seguridad ciudadana y la  prevención del delito.    

12. Las demás que le asigne la ley o el Presidente  de la República.    

Artículo 5º. El presente decreto rige a partir de  su publicación y deroga el artículo 12 del Decreto 1860 de 1991  y demás normas que le sean contrarias.    

Publíquese, comuníquese y cúmplase.    

Dado en Santa Fe de Bogotá D. C., a 30 de noviembre  de 1998.    

ANDRES PASTRANA ARANGO    

El  Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República,    

Juan Hernández Celis.    

El  Director del Departamento Administrativo de la Función Pública,    

Mauricio Zuluaga Ruiz.              

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