DECRETO 236 DE 2000

Decretos 2000

DECRETO 236 DE 2000    

(febrero 15)    

por el cual se designa  Presidente de Granahorrar ad hoc.    

El Presidente  de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y  legales, en especial las que le confiere el artículo 189 numeral 13 de la Constitución  Política de Colombia y el artículo 30 del Código Contencioso Administrativo,    

CONSIDERANDO:    

1. Que la Presidenta  de la Corporación Grancolombiana de Ahorro y Vivienda-Granahorrar-, doctora  María del Rosario Sintes Ulloa, mediante comunicación del 21 de mayo de 1999  manifestó al Ministro de Hacienda y Crédito Público, su impedimento para  conocer del proceso que adelantan el Banco Colpatria y la Fiduciaria Colpatria  S.A., contra la corporación que representa, dirigido a obtener el pago de la  sanción del 20% a que se refiere el artículo 731 del Código de Comercio, por el  no pago de dos cheques girados por Granahorrar el día 30 de junio de 1998, y  devueltos por el Banco de Colombia por la causal de “Fondos  insuficientes”, teniendo en cuenta que su ex esposo, Luis Fernando  Restrepo ocupa el cargo de Presidente de la compañía Pensiones y Cesantías  Colpatria S.A., que pertenece al mismo grupo financiero del que forman parte  las sociedades demandantes;    

2. Que  posteriormente, mediante comunicación del 30 de septiembre de 1999, dirigida al  Ministro de Hacienda y Crédito Público, la doctora Sintes Ulloa solicita se  estudie la procedencia de un impedimento para conocer de los asuntos que deban  ser resueltos por ese despacho, en relación con las compañías Fundación Clínica  Shaio, Fedesarrollo, Megaplán, Sociedad Administradora de Consorcios  Comerciales S.A. y Seguros Fénix, por haber sido miembro de las Juntas  Directivas de las mismas;    

3. Que el  Ministro de Hacienda y Crédito Público, mediante Resolución número 0228 del 7  de febrero del año 2000, aceptó el impedimento propuesto por la doctora María  del Rosario Sintes Ulloa, presidente de la Corporación Grancolombiana de Ahorro  y Vivienda, Granahorrar, para conocer del asunto relacionado en el numeral 1 de  estos considerandos.    

4. Que respecto al impedimento descrito en el considerando 2, el  Ministro de Hacienda y Crédito Público declaró probado el impedimento  manifestado, para otorgar créditos, conceder condiciones especiales en el  manejo de pasivos y celebrar contratos, con la Compañía Pensiones y Cesantías  Colpatria S.A., y las Fundaciones Clínica Shaio y Fedesarrollo y no aceptó el  referente a la atención de los asuntos relacionados con Megaplán, Sociedad  Administradora de Consorcios Comerciales y Seguros Fénix, en consideración a  que hace más de un año dejó de formar parte de las Juntas Directivas de dichas  sociedades.    

5. Que en la citada Resolución, el Ministro de Hacienda y Crédito  Público accedió a la solicitud de nombramiento de un Presidente ad hoc en la Corporación  Grancolombiana de Ahorro y Vivienda, Granahorrar, para atender los asuntos  relacionados en los considerandos 3 y 4.    

6. Que corresponde al Presidente de la República la designación del  Presidente ad hoc en dicha  Corporación,    

DECRETA:    

Artículo 1°. Desígnase al doctor Gabriel Rosas Vega, identificado con la  cédula de ciudadanía número 17001969 de Bogotá, como Presidente ad hoc de la Corporación  Grancolombiana de Ahorro y Vivienda, Granahorrar, para atender, tramitar y  decidir los asuntos señalados en los considerandos 3 y 4 de este Decreto.    

Artículo 2°. El presente decreto rige a partir  de la fecha de su publicación.    

Comuníquese,  publíquese y cúmplase.    

Dado en Santa  Fe de Bogotá, D. C., a 15 de febrero de 2000.    

ANDRES PASTRANA ARANGO    

El Ministro de  Hacienda y Crédito Público,    

Juan Camilo Restrepo Salazar.              

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