DECRETO 2357 DE 2001
(noviembre 2)
por el cual se autoriza a unos funcionarios de la Rama Judicial para que acepten una invitación.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades conferidas por los artículos 129 y 189 numeral 18 de la Constitución Política y el artículo 96 del Decreto 1950 de 1973, modificado por el Decreto número 2197 de 1996, y
CONSIDERANDO:
Que la Agencia para el Desarrollo Internacional USAID/CHECCI AND COMPANY CONSULTING COLOMBIA LTDA., ha formulado invitación a los doctores Carlos Enrique Martín Vélez, Presidente de la Sala Administrativa, Julio César Ortiz, Magistrado de la Sala Administrativa, Alfonso Guarín Ariza, Magistrado de la Sala Administrativa, Jorge Alonso Flechas Díaz, Magistrado de la Sala Disciplinaria y al Arquitecto Raúl Eduardo Martínez Lugo, Director de la Unidad de Recursos Físicos e Inmuebles del Consejo Superior de la Judicatura, Herman Galán Castellanos, Magistrado de la Sala d e Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia, Teresa Ruiz Núñez Secretaria de la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia, Sara Cepeda de Nope, Juez Coordinadora del Centro de Apoyo Administrativo de los Juzgados de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Bogotá, Lester María González Romero, Juez Segundo Penal Especializado de Bogotá, Doris Noreña Flórez, Juez Sexto de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad Medellín, Antioquia, Alba Lucía Carvajal de Garavito, Secretaria del Centro de Servicios de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Bogotá, Jorge Adalberto Cruz Rojas, Secretario del Centro de Servicios Administrativos de los Juzgados Penales del Circuito Especializados de Bogotá, para participar en la visita de observación al Estado de Nuevo México (Estados Unidos), en desarrollo del proyecto para el fortalecimiento de los Jueces Penales Especializados y de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad, del 4 al 11 de noviembre de 2001;
Que la invitación comprende el pago de una beca para apoyar su traslado, estadía y participación en el evento por parte de la Agencia para el Desarrollo Internacional USAID/CHECCI AND COMPANY CONSULTING COLOMBIA LTDA;
Que de acuerdo con el artículo 136 de la Ley Estatutaria de la Administración de Justicia, la comisión de servicios se confiere para ejercer funciones propias del cargo en lugar diferente al de la sede, o para cumplir ciertas misiones, como asistir a reuniones, conferencias o seminarios o realizar visitas de observación que interesen a la Administración de Justicia.
Que por lo expuesto,
DECRETA:
Artículo 1°. Autorízase a los doctores Carlos Enrique Marín Vélez, Presidente de la Sala Administrativa, Julio Cesar Ortiz, Magistrado de la Sala Administrativa, Alfonso Guarín Ariza, Magistrado de la Sala Administrativa, Jorge Alonso Flechas Díaz, Magistrado de la Sala Disciplinaria y al Arquitecto Raúl Eduardo Martínez Lugo, Director de la Unidad de Recursos Físicos e Inmuebles del Consejo Superior de la Judicatura, Herman Galán Castellanos, Magistrado de la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia, Teresa Ruiz Núñez, Secretaria de la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia, Sara Cepeda de Nope, Juez Coordinadora del Centro de Apoyo Administrativo de los Juzgados de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Bogotá, Lester María González Romero, Juez Segundo Penal Especializado de Bogotá, Doris Noreña Flórez, Juez Sexto de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad Medellín, Antioquia, Alba Lucía Carvajal de Garavito, Secretaría del Centro de Servicios de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Bogotá, Jorge Adalberto Cruz Rojas, Secretario del Centro de Servicios Administrativos de los Juzgados Penales del Circuito Especializados de Bogotá, para que acepten el pago de una beca para apoyar su traslado, estadía y participación por parte de la Agencia para el Desarrollo Internacional USAID/CHECCI AND COMPANY CONSULTING COLOMBIA LTDA., para asistir a la visita de observación al Estado de Nuevo México (Estados Unidos), en desarrollo del proyecto para el fortalecimiento de los Jueces Penales Especializados y de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad, del 4 al 11 de noviembre de 2001.
Artículo 2°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expe dición.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 2 de noviembre de 2001.
ANDRES PASTRANA ARANGO
El Ministro de Justicia y del Derecho,
Rómulo González Trujillo.