DECRETO 2356 DE 2001
(noviembre 2)
por el cual se autoriza a un funcionario de la Rama Judicial-Jurisdicción Ordinaria para aceptar una invitación.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultadas conferidas por los artículos 129 y 189 numeral 18 de la Constitución Política y el artículo 96 del Decreto 1950 de 1973, modificado por el Decreto 2197 de 1996, y
CONSIDERANDO:
Que la Delegación de Cooperación Regional de la Embajada de Francia en Bogotá y el Servicio de Cooperación Internacional de la Policía Francesa (S.C.T.I.P.), han formulado invitación al doctor Carlos Hernán Martínez Isaza, Juez Penal Especializado de Montería (Córdoba), para participar en el curso sobre Funcionamiento de una Jurisdicción Penal-Articulación de las funciones Judiciales y Policiales y Tratamiento de los Expedientes, que se realizará del 6 al 8 de noviembre de 2001, en la ciudad de Quito, (Ecuador);
Que la invitación comprende el pago de una beca, para apoyar su traslado, estadía y participación en el evento.
Que de acuerdo con lo preceptuado en el artículo 129 de la Constitución Política, los servidores públicos no podrán aceptar cargos, honores o recompensas de gobiernos extranjeros.
Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 145 de la Ley 270 de 1996, todos los funcionarios de la Rama Judicial deberán obtener la autorización del Presidente de la República para aceptar cargos, honores o recompensas de gobiernos extranjeros u organismos internacionales y para celebrar contratos con ellos
Que por lo expuesto,
DECRETA:
Artículo 1°. Autorízase al doctor Carlos Hernán Martínez Isaza, identificado con cédula de ciudadanía número 8.308.173, Juez Penal Especializado de Montería (Córdoba), para que acepte el pago de una beca por parte de la Delegación de Cooperación Regional de la Embajada de Francia en Bogotá y el Servicio de Cooperación Internacional de la Policía Francesa (S.C.T.I.P.), para apoyar su traslado, estadía y participación en el curso sobre Funcionamiento de una Jurisdicción Penal-Articulación de las funciones Judiciales y Policiales y Tratamiento de los Expedientes, que se realizará del 6 al 8 de noviembre de 2001, en la ciudad de Quito, (Ecuador).
Artículo 2°. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 2 de noviembre de 2001.
ANDRES PASTRANA ARANGO
El Ministro de Justicia y del Derecho,
Rómulo González Trujillo.