DECRETO 2325 DE 2000

Decretos 2000

DECRETO 2325 DE 2000    

(noviembre 9)    

por el cual se modifica el  numeral 8 del artículo 1° del Decreto  2681 

  del 28 de diciembre de 1999.    

El Presidente de la  República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y  legales y en especial de las que le confiere el numeral 25 del artículo 189 de la Constitución Política y  la Ley 7ª de 1991, con las  recomendaciones del Consejo Superior de Comercio Exterior,    

DECRETA:    

Artículo 1°. Modifícase  el numeral 8 del artículo 1° del Decreto 2681 de 1999,  el cual quedará así:    

Artículo  1°. La inscripción en  el Registro Nacional de Exportadores de Bienes y Servicios será indispensable  para:    

8. El desembolso de  crédito de Bancoldex, excepto en aquellos casos en los que el crédito sea  solicitado por: concesionarios para proyectos de infraestructura de transporte;  socios o accionistas, para creación, capitalización o adquisición de empresas;  compradores en el exterior de productos o servicios colombianos; empresas en el  exterior; entidades financieras en operaciones interbancarias y de leasing; y  usuarios de crédito bajo modalidades que apruebe la Junta Directiva de  Bancoldex, en las que no sea requisito tener la calidad de exportador directo o  indirecto.    

Artículo 2°. El presente decreto  rige a partir de la fecha de su publicación.    

Publíquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a  9 de noviembre de 2000.    

ANDRES PASTRANA ARANGO    

El Ministro Hacienda  Crédito Público,    

Juan Manuel Santos.    

La Ministra de Comercio  Exterior,    

Marta Lucía Ramírez de Rincón.    

               

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