DECRETO 2309 DE 2000
(noviembre 9)
por el cual se deroga el Decreto número 1963 del 29 de septiembre de 2000.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial de las que le confieren los artículos 129 y 189 numeral 18 de la Constitución Política, el artículo 96 del Decreto 1950 de 1973, modificado por el artículo 1° del Decreto 2197 de 1996, y
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto número 1963 del 29 de septiembre de 2000, se confirió autorización a los doctores Silvio Antonio Mauricio Villegas Betancourt, identificado con la cédula de ciudadanía número 17120927, Subdirector de Análisis de Operaciones 0040-22 y John Alberth Grajales Guerra, identificado con la cédula de ciudadanía número 79658201 Profesional Especializado 3010-19, funcionarios de la Unidad Administrativa Especial de Información y Análisis Financiero; para que previo el trámite de la correspondiente comisión, aceptaran el pago por parte del Servicio Ejecutivo de la Comisión de Prevención del Blanqueo de Capitales e Infracciones Monetarias del Reino de España de los gastos de transporte, alojamiento y manutención, con el objeto de participar en el “II Seminario de Unidades de Investigación Financiera” evento que se realizaría del 2 al 6 de octubre de 2000 en la ciudad de Santa Cruz de la Sierra (Bolivia);
Que el Director General de la Unidad de Información y Análisis Financiero, mediante oficio del 10 de octubre de 2000, informa que los doctores Silvio Antonio Mauricio Villegas Betancourt y John Alberth Grajales Guerra no asistieron al “II Seminario de Unidades de Investigación Financiera” por cuanto el viernes 29 de septiembre del presente año, no se encontraban autorizados para efectuar los trámites correspondientes a dicha comisión;
Que de conformidad con el artículo 1° de la Ley 526 de 1999, la Unidad de Información y Análisis Financiero es una entidad adscrita al Ministerio de Hacienda y Crédito Público.
DECRETA:
Artículo 1°. Derogar el Decreto número 1963 del 29 de septiembre de 2000, por medio del cual se confirió autorización a los doctores Silvio Antonio Mauricio Villegas Betancourt y John Alberth Grajales Guerra, ya identificados, funcionarios de la Unidad de Información y Análisis Financiero, para aceptar una invitación, de conformidad con la parte motiva del presente decreto.
Artículo 2°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 9 de noviembre de 2000.
ANDRES PASTRANA ARANGO
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Juan Manuel Santos.