DECRETO 2287 DE 2000

Decretos 2000

DECRETO 2287  DE 2000     

(noviembre 9)    

por el cual se delegan unas  funciones constitucionales.    

El Presidente de la  República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el  artículo 196 de la Constitución Política, y    

CONSIDERANDO:    

Que el Presidente de la  República se trasladará a la Ciudad de Panamá, República de Panamá, con el fin  de asistir a la X Cumbre Iberoamericana de Jefes de Estado y de Gobierno, a  celebrarse entre los días 17 al 19 de noviembre de los corrientes;    

Que de conformidad con  las disposiciones constitucionales y con la precedencia establecida en las leyes,  el Ministro de Justicia y del Derecho, está habilitado para ejercer las  funciones constitucionales como Ministro Delegatario,    

DECRETA:    

Artículo 1°. Por el  tiempo que dure la ausencia del Presidente de la República, en razón del viaje  a que se refieren los considerandos del presente decreto, deléganse en el  Ministro de Justicia y del Derecho, doctor Rómulo González Trujillo, las  funciones constitucionales correspondientes a los siguientes asuntos:    

1. Artículos 129; 189,  con excepción de lo previsto en los numerales 1° y 2°; 304 y 314.    

2. Artículo 150, ordinal  10, en cuanto se refiere al ejercicio de las facultades extraordinarias  concedidas al Presidente de la República.    

3. Artículos 163, 165 y  166.    

4. Artículos 200 y 201.    

5.Artículos 213, 214 y  215.    

Artículo 2°. El presente decreto  rige a partir de la fecha de su expedición.    

Publíquese y cúmplase.    

Dado en Bogota, D. C., a  9 de noviembre de 2000.    

ANDRES PASTRANA ARANGO    

El Director del  Departamento Administrativo de la Presidencia de la República,    

Eduardo Pizano de Narváez.    

               

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