DECRETO 2278 DE 1999
(noviembre 17)
por el cual se reglamentan parcialmente las Leyes 358 de 1997 y 508 de 1999.
El Ministro de Justicia y del Derecho de la República de Colombia, delegatario de funciones Presidenciales mediante Decreto 2244 del 11 de noviembre de 1999, en uso de las facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas en el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política,
DECRETA:
Artículo 1°. Los créditos a que se refiere el artículo 13 de la Ley 508 de 1999 no se tendrán en cuenta para determinar la capacidad de pago de las entidades territoriales.
Artículo 2°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese y cúmplase.
17 de noviembre de 1999.
ROMULO GONZALEZ TRUJILLO
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Juan Camilo Restrepo.