DECRETO 2249 DE 2001
(octubre 26)
por el cual se confiere una comisión de servicios en el exterior y se hace un encargo.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las que le confieren los artículos 4° y 11 del Decreto 1050 de 1997 los artículos 34 y 76 del Decreto 1950 de 1973, y
CONSIDERANDO:
Que el Programa de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación-FAO, celebrará el 31 Periodo de Sesiones de la Conferencia, del 2 al 13 de noviembre de 2001, en Roma, Italia;
Que el 31 periodo de sesiones de la Conferencia de la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación-FAO, es el máximo órgano de encuentro, discusión y decisión, que tiene por objeto examinar los asuntos constitucionales, jurídicos y presupuestales de la Organización, así como el estado mundial de la agricultura y la alimentación, con la participación de los países Miembros;
Que la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación-FAO, tiene como función primordial fomentar y proporcionar la organización de múltiples foros que permitan a los gobiernos de cada país reunirse, discutir y dar solución a los problemas relativos a la Agricultura y la Alimentación, constituyéndose como tribuna neutral para debatir y formular políticas sobre las principales cuestiones relacionadas con la agricultura y la alimentación, para lo cual brinda asistencia para el desarrollo, ofrece información de cosechas y futuro abastecimiento mundial y da asesoramiento a los gobiernos sobre políticas y planificación agrícola;
Que dentro de este contexto, la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación-FAO, aprueba normas internacionales que cuidan la salud y el medio ambiente, facilita el establecimiento de convenios y acuerdos, y organiza periódicamente importantes conferencias, reuniones técnicas y consultas de expertos;
Que con fundamento en lo dispuesto por el artículo 34 del Decreto 1950 de 1973, se requiere hacer un encargo de las funciones del despacho del Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural, mientras dura la comisión del titular,
DECRETA:
Artículo 1°. Confiérase comisión de servicios en el exterior al doctor Rodrigo Villalba Mosquera, Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural, para viajar a la ciudad Roma (Italia), con el objeto de participar en el 31 Período de Sesiones de la Conferencia del Programa de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación-FAO del 31 de octubre al 14 de noviembre de 2001 (incluidos los días de desplazamiento).
Artículo 2°. Los viáticos diarios a razón de US$380 durante catorce días y medio para un total de US$5.510, las tasas aeroportuarias y el valor del tiquete aéreo, serán sufragados con cargo al presupuesto del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural.
Artículo 3°. Encargase de las funciones del Despacho del Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural, del 1° al 3 de noviembre de 2001, al doctor Eduardo Pizano de Narváez, actual Ministro de Desarrollo Económico.
Artículo 4°. Encargase de las funciones del Despacho del Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural, del 4 al 14 de noviembre de 2001, al doctor Luis Arango Nieto, actual Viceministro de Agricultura y Desarrollo Rural.
Artículo 5°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá D. C., a 26 de octubre de 2001.
ANDRES PASTRANA ARANGO