DECRETO 2239 DE 2001

Decretos 2001

DECRETO 2239 DE 2001    

 (noviembre  1°)    

por  el cual se da una autorización, se confiere comisión de servicios al exterior a  la Ministra de Cultura y se hace un encargo.    

El Presidente de la República de Colombia, en uso  de sus facultades constitucionales y legales, y en especial de las conferidas  por los artículos 129 y 189, numeral 18 de la Constitución Política de  Colombia, el artículo 34 del Decreto 1950 de 1973  y el artículo 4° del Decreto 1050 de 1997,    

CONSIDERANDO:    

Que la Ministra de Cultura, doctora Araceli  Morales López, debe desplazarse a la ciudad de Coro, Venezuela, del 3 al 5 de  noviembre de 2001, con el objeto de participar en el II Encuentro para la  Promoción y Difusión del Patrimonio Folclórico de los Países Andinos, a  realizarse en esta ciudad;    

Que los gastos por concepto de viáticos y  transporte aéreo en clase económica en la ruta Bogotá‑Caracas‑Bogotá  de la doctora Araceli Morales López, serán asumidos con cargo a la caja menor  de la Secretaría General del Ministerio de Cultura;    

Que la Organización del II  Encuentro para la Promoción y Difusión del Patrimonio Folclórico de los Países  Andinos, asumirá los tiquetes aéreos en la ruta Caracas-Coro‑Caracas,    

DECRETA:    

Artículo 1°. Autorízase a la Ministra de Cultura,  doctora Araceli Morales López, para aceptar el pago del tiquete aéreo en la  ruta Caracas‑Coro‑Caracas por parte de los organizadores del II  Encuentro para la Promoción y Difusión del Patrimonio Folclórico de los Países Andinos.    

Artículo  2°. Confiérese comisión de servicios al exterior a la Ministra de Cultura,  doctora Araceli Morales López, para desplazarse a la ciudad de Coro, Venezuela,  del 3 al 5 de noviembre de 2001, con el objeto de participar en el II Encuentro  para la Promoción y Difusión del Patrimonio Folclórico de los Países Andinos, a  realizarse en esta ciudad.    

Artículo 3°. La Ministra de Cultura, tiene derecho  al reconocimiento y pago de dos días y medio (2.5) por concepto de  alimentación, alojamiento y transporte local a razón de US$200 diarios para un  total de US$500 y tiquetes aéreos en la ruta Bogotá‑Caracas‑Bogotá,  en clase económica, con cargo a la caja menor de la Secretaría General del  Ministerio de Cultura. Los tiquetes aéreos en la ruta Caracas-Coro‑Caracas  serán suministrados por la organización del II Encuentro para la Promoción y  Difusión del Patrimonio Folclórico de los Países Andinos.    

Artículo 4°. Encárgase a la doctora Marta Mercedes  Castrillón Simmons, Viceministra de Cultura, de las funciones del Despacho de  la Ministra de Cultura, durante la ausencia de su titular.    

Artículo 5°. El presente decreto rige a partir de  la fecha de su expedición.    

Publíquese, comuníquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., A 1° de noviembre de 2001.    

ANDRES PASTRANA ARANGO    

               

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *