DECRETO 2232 DE 2000

Decretos 2000

DECRETO 2232 DE 2000    

(octubre 30)    

por el cual se autoriza a un  funcionario del Departamento Administrativo 

  de Seguridad para aceptar una invitación.    

El Presidente de la  República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y especialmente  por las conferidas en los artículos 129 y 189, numeral 18, y    

CONSIDERANDO:    

Que mediante comunicación  S.E.I. 381, suscrita por el doctor Gabriel Merchán Benavides, Director Nacional  de Estupefacientes, informa al señor Coronel Germán Gustavo Jaramillo  Piedrahíta, Director del Departamento Administrativo de Seguridad, que en el  marco de las Unidades de la Gestión de Política Internacional y Reducción de la  Oferta, ha programado la realización de un taller fronterizo con el vecino país  del Ecuador. Se trata del “Seminario Taller Colombo Ecuatoriano para el  intercambio de técnicas de inteligencia y casuística relacionada con el tráfico  de sustancias químicas y estupefacientes”, que se llevará a cabo en la  ciudad de Tulcán, provincia del Carchi, Ecuador, durante los días 13, 14 y 15  de diciembre de los corrientes, por lo cual solicita autorización para que el  Mayor Clodomiro Barón Calderón, forme parte de la delegación colombiana, como  expositor en el desarrollo de la temática en cuestión;    

Que el señor Director del  Departamento Administrativo, imparte aprobación a dicha solicitud;    

Que los gastos de  desplazamiento y ayudas de marcha, se gestionarán a través de la Agencia  Colombiana de Cooperación Internacional, ACCI;    

DECRETA:    

Artículo 1°. Autorizar al  Mayor Clodomiro Barón Calderón, Jefe de la Unidad de Comunicaciones de la  Oficina de Interpol, para que del 13 al 15 de diciembre del año 2000, viaje a  la ciudad de Tulcán, Provincia del Carchi, Ecuador, con el fin de asistir como  expositor en un “Seminario Taller Colombo Ecuatoriano para el intercambio  de técnicas de inteligencia y casuística relacionada con el tráfico de  sustancias químicas y estupefacientes”, igualmente para aceptar de la  Agencia Colombiana de Cooperación Internacional, ACCI, los gastos que genere su  desplazamiento.    

Artículo 2°. El presente decreto  rige a partir de la fecha de su expedición.    

Publíquese, comuníquese y  cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a  30 de octubre de 2000.    

ANDRES PASTRANA ARANGO    

El Director del  Departamento Administrativo de Seguridad,    

Coronel, Germán  Gustavo Jaramillo Piedrahíta.    

               

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *