DECRETO 2230 DE 2000

Decretos 2000

DECRETO 2230 DE 2000    

(octubre 30)    

por el cual se confiere la  condecoración “Medalla del Departamento 

  Administrativo de Seguridad”.    

El Presidente de la  República de Colombia, en uso de sus atribuciones legales y en especial las que  le confieren los artículos 41, 44 y 45 del Decreto ley 2164  de 1989 y el Decreto 2342 de 1989,  y    

CONSIDERANDO:    

Que el 31 de octubre de  2000, se conmemora el Cuadragésimo Séptimo Aniversario de la creación del  Departamento Administrativo de Seguridad;    

Que el Director del  Departamento, solicita el otorgamiento de la “Medalla del Departamento  Administrativo de Seguridad” en el grado de Servicios Distinguidos,  Categoría Especial para personalidades que se han destacado por sus eminentes  servicios y virtudes profesionales, contribuyendo con ello al fortalecimiento  de la seguridad pública;    

Que el Gobierno Nacional  considera conveniente estimular a las personalidades que han sobresalido en el  cumplimiento de sus deberes oficiales, por su espíritu de cooperación y auxilio  al Departamento Administrativo de Seguridad, contribuyendo al logro de los  objetivos Institucionales;    

Que en mérito de lo  expuesto,    

DECRETA:    

Artículo 1°. Otorgar la  “Medalla del Departamento Administrativo de Seguridad” en el grado de  “Servicios Distinguidos” Categoría Gran Medalla, a las siguientes  personalidades:    

Doctor Humberto de la  Calle Lombana, Ministro del Interior.    

Doctor Rómulo González  Trujillo, Ministro de Justicia y del Derecho.    

Doctor Luis Fernando  Ramírez Acuña, Ministro de Defensa Nacional.    

General Fernando Tapias  Stahelin, Comandante General de las Fuerzas Militares.    

General Jorge Enrique  Mora Rangel, Comandante del Ejército Nacional.    

General Luis Ernesto  Gilibert Vargas, Director General de la Policía Nacional.    

Doctora Clara Guzmán  Rodríguez, Jefe Oficina Control, Interno DAS.    

Artículo 2°. Las  distinciones a que se refiere el presente decreto se impondrán en acto solemne  que se llevará a cabo en Bogotá, D. C.    

Artículo 3°. El presente decreto  rige a partir de la fecha de su expedición.    

Comuníquese, publíquese y  cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a  30 de octubre de 2000.    

ANDRES PASTRANA ARANGO    

El Director del  Departamento Administrativo de Seguridad,    

Coronel, Germán Gustavo Jaramillo Piedrahíta.              

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