DECRETO 2230 DE 1998

Decretos 1998

DECRETO 2230 DE 1998    

(octubre 30)    

por el cual se señala el procedimiento  para la entrega de inventarios de procesos judiciales y reclamaciones de  carácter laboral del Fondo de Pasivo Social de la Empresa Puertos de Colombia  en Liquidación.    

El Presidente  de la República de Colombia, en ejercicio de las atribuciones que le confiere  el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política y  el artículo 1º del Decreto ley 1689  de 1997,    

DECRETA:    

Artículo  1º. El inventario de procesos judiciales, de reclamaciones de carácter laboral  y de las hojas de vida de pensionados a que se refieren los artículos 17 y 20  del Decreto 1982 de 1997,  con los requisitos allí señalados, serán remitidos por el Liquidador del Fondo  de Pasivo Social de la Empresa Puertos de Colombia al Ministerio de Trabajo y  Seguridad Social, mediante entregas parciales que comprenderán las diferentes  regiones en las cuales tenía sede la Empresa Puertos de Colombia.    

Artículo  2º. Las actas de entrega de inventarios y hojas de vida a que se refieren los  artículos 21 y 22 del Decreto 1982 de 1997,  deberán ser suscritas por las entidades allí señaladas antes del 15 de  diciembre de 1998.    

Parágrafo.  A partir de la fecha de suscripción de la respectiva acta, el Ministerio de  Trabajo y Seguridad Social asumirá las obligaciones que le corresponden de  acuerdo a lo previsto en el Decreto  ley 1689 del 27 de junio de 1997.    

Artículo  3º. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.    

Publíquese  y cúmplase.    

Dado en  Santa Fe de Bogotá, D. C., a 30 de octubre de 1998.    

ANDRES  PASTRANA ARANGO    

El  Ministro de Hacienda y Crédito Público,    

Juan  Camilo Restrepo.    

El  Ministro de Trabajo y Seguridad Social,    

Hernándo  Yepes Arcila.    

El  Ministro de Transporte,    

Mauricio  Cárdenas Santamaría,    

La  Directora del Departamento Administrativo de la Función Pública (E.),    

Aura  Salgado Zamudio.              

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