DECRETO 2225 DE 2001
(octubre 23)
por el cual se autoriza para aceptar una invitación, se confiere una comisión de servicios en el exterior a la Ministra de Salud y se hace un encargo,
El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las conferidas en el artículo 129 de la Constitución Política de Colombia, en el artículo 4° del Decreto 1050 del 10 de abril de 1997, en el Decreto 2197 de 1996 y en el artículo 34 del Decreto 1950 del 24 de septiembre de 1973,
CONSIDERANDO:
Que el Ministerio de Salud Pública de Cuba a través de su Embajada en la República de Colombia, cursó invitación a la señora Ministra de Salud, doctora Sara Ordóñez Noriega, con el fin de participar en la “III Reunión de Ministros de Salud de Iberoamerica”, que se realizará en La Habana, Cuba, durante los días 25 y 26 de octubre de 2001;
Que es de gran importancia para el país, la participación de la señora Ministra en el evento mencionado;
Que los costos por concepto de alojamiento y alimentación serán cubiertos por el Ministerio de Salud Pública de Cuba y los correspondientes a tiquetes aéreos con cargo al Contrato número 113 de 2001, suscrito con la Agencia de Viajes Turismo Novel Ltda.;
Que el artículo 129 de la Constitución Política establece que los servidores públicos no podrán aceptar cargos, honores o recompensas de gobiernos extranjeros u organismos internacionales, ni celebrar contratos con ellos, sin previa autorización del Gobierno.
DECRETA:
Artículo 1°. Autorízase a la doctora Sara Ordóñez Noriega, Ministra de Salud, para aceptar la invitación formulada por el Ministerio de Salud Pública de Cuba, con el fin de participar en la “III Reunión de Ministros de Salud de Iberoamerica”, que se realizará en La Habana, durante los días 25 y 26 de octubre de 2001 y para recibir los costos por concepto de alojamiento y alimentación, los cuales serán sufragados por el Ministerio de Salud Pública de Cuba.
Artículo 2°. Comisiónase a la doctora Sara Ordóñez Noriega, Ministra de Salud, para asistir los días 25 y 26 de octubre de 2001, al evento mencionado en la parte considerativa de esta providencia.
Parágrafo. Conforme a lo dispuesto en el artículo quinto del Decreto 1050 de 1997, la comisión se concede incluyendo los días 24 y 27 de octubre para la ida y para el regreso.
Artículo 3°. Los gastos que ocasione el cumplimiento de la presente comisión serán cubiertos de la siguiente forma:
Los costos por concepto de alojamiento y alimentación serán cubiertos por el Ministerio de Salud Pública de Cuba. Los tiquetes aéreos con cargo al Contrato número 113 de 2001, suscrito con la Agencia de Viajes Turismo Novel Ltda.
Artículo 4°. Mientras dura la ausencia de la titular, encárgase de las funciones del Despacho de la Ministra de Salud al doctor David Bersh Escobar, Viceministro de Salud.
Artículo 5°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 23 de octubre de 2001.
ANDRES PASTRANA ARANGO