DECRETO 222 DE 1999

Decretos 1999

DECRETO 222  DE 1999    

(febrero 5)    

por el cual se crea  el cargo de Director Ejecutivo del Fondo para la Reconstrucción de la Región  del Eje Cafetero y se fija su salario y régimen prestacional.    

Nota: Ver Auto  del Consejo de Estado del 21 de junio de 1999. Expediente: CA-023. Control  inmediato de legalidad. Ponente: Manuel Santiago Urueta Ayola. Se declara  improcedente el control de legalidad.    

El Presidente de la República de  Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales y en  especial de que le confiere la Ley 4ª de 1992,    

DECRETA:    

Artículo 1°. Créase el cargo de  Director Ejecutivo del Fondo para la Reconstrucción de la Región del Eje  Cafetero.    

Artículo 2°. El Director Ejecutivo del  Fondo para la Reconstrucción de la Región del Eje Cafetero, creado mediante el Decreto  legislativo 197 de 1999, tendrá un salario y un régimen prestacional  iguales a los que por todo concepto percibe el Subdirector del Departamento  Administrativo de la Presidencia de la República.    

Parágrafo. De conformidad con lo  dispuesto por el inciso segundo del artículo 1° del Decreto 197 de 1999,  corresponde al Departamento Administrativo de la Presidencia de la República,  pagar los salarios y prestaciones del Director Ejecutivo para la Reconstrucción  de la Región del Eje Cafetero, con cargo a los recursos del Fondo.    

Artículo 3°. El presente decreto rige a  partir de la fecha de su publicación.    

Publíquese y cúmplase    

Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 5 de febrero de 1999    

ANDRES PASTRANA ARANGO    

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,    

Juan Camilo Restrepo Salazar.    

El Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de  la República,    

Juan Hernández Celis.    

El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública,    

Mauricio Zuluaga Ruiz.    

               

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