DECRETO 2214 DE 2001
(octubre 22)
por el cual se autoriza a un funcionario de Dansocial, para aceptar una invitación, se concede una comisión al exterior y se hace un encargo.
El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial las otorgadas por los artículos 129 y 189 numeral 18 de la Constitución Política, artículo 34 del Decreto reglamentario 1950 de 1973, Decreto 2197 de 1996 y Decreto 1050 de 1997, y
CONSIDERANDO:
Que Asociación Nacional de Fondos de Empleados, Analfe, ha invitado a la Directora del Departamento Administrativo Nacional de la Economía Solidaria al Octavo Congreso de Fondos de Empleados en la ciudad de Panamá los días 25 y 26 de octubre de 2001;
Que este despacho considera necesaria la asistencia de la doctora Miryam Donato de Montoya, Directora del Departamento Administrativo Nacional de la Economía Solidaria, a dicho país;
Que los gastos de transporte aéreo serán reembolsados por la Asociación Nacional de Fondos de Empleados, Analfe, a la doctora Miryam Donato de Montoya;
Que se hace necesario, encargar al Director Administrativo y Financiero de las funciones de Director del Departamento Administrativo Nacional de la Economía Solidaria, mientras la titular se encuentra en comisión en el exterior;
En mérito de lo expuesto,
DECRETA:
Artículo 1°. Autorizar a la doctora Miryam Donato de Montoya, Directora del Departamento Administrativo Nacional de la Economía Solidaria, identificada con la cédula de ciudadanía número 24310168 de Manizales para recibir los dineros correspondientes al reembolso del transporte aéreo por parte de la Asociación Nacional de Fondos de Empleados, Analfe.
Artículo 2°. Conceder comisión de servicios al exterior a la doctora Miryam Donato de Montoya, Directora del Departamento Administrativo Nacional de la Economía Solidaria, identificada con la cédula de ciudadanía número 24310168 de Manizales, por los días 25 y 26 de octubre de 2001, para asistir al Octavo Congreso de Fondos de Empleados en la ciudad de Panamá.
Artículo 3°. La Comisionada tendrá derecho a devengar viáticos a razón de US$265 diarios por un (1) día pernoctado y US$132.50 por un día sin pernoctar, para un total de US$397.50 con cargo a los Gastos del Presupuesto del Departamento Administrativo de la Economía Solidaria de la actual vigencia.
Artículo 4°. Encargar de las funciones de Director del Departamento Administrativo Nacional de la Economía Solidaria, al doctor Fabio Holguín Zuluaga, identificado con la cédula de ciudadanía número 10215533 de Manizales, mientras la titular permanece en comisión de servicios en el exterior.
Artículo 5°. La comisionada deberá presentar dentro de los tres (3) días siguientes de finalizada la comisión, un informe detallado de las actividades desplegadas en desarrollo de la misma.
Artículo 6°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 22 de octubre de 2001.
ANDRES PASTRANA ARANGO