DECRETO 2213 DE 1998

Decretos 1998

DECRETO 2213 DE 1998    

(octubre  29)    

por el  cual se modifica el artículo 1º del Decreto  1550 del 4 de agosto de 1998.    

El Ministro de  Hacienda y Crédito Público de la República de Colombia delegatario de la  Función Presidencial en desarrollo del Decreto  2190 del 26 de octubre de 1998, en uso de sus facultades constitucionales y  legales, en especial la conferida en el artículo 1º del Decreto ley 1050  de 1968,    

DECRETA:    

Artículo 1º. Modificar  el artículo 1º del Decreto  1550 del 4 de agosto de 1998, el cual quedará así:    

“Artículo 1º. Modificar  el parágrafo del artículo 2º del Decreto  650 del 1º de abril de 1998, el cual quedará así:    

Parágrafo. El Comité deberá presentar el  estudio final a más tardar el 29 de enero de 1999″.    

Artículo 2º. Los demás  artículos de los Decretos 650 del  1º de abril y 735 del  22 de abril de 1998, continúan vigentes.    

Artículo 3º. El  presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.    

Publíquese y cúmplase.    

Dado en Santa Fe de Bogotá,  D. C., a 29 de octubre de 1998.    

JUAN  CAMILO RESTREPO SALAZAR    

El Viceministro de Transporte encargado de las  funciones del Ministro de Transporte,    

Juan Alberto Páez Moya.              

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