DECRETO 2184 DE 2000
(octubre 26)
por el cual se confiere autorización para aceptar una invitación y se hace un encargo.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, especialmente las conferidas por los artículos 129 y 189 ordinal 18 de la Constitución Política, artículo 34 del Decreto 1950 de 1973, los Decretos 1050 y 2004 de 1997,
CONSIDERANDO:
Que la Secretaría General del SELA, ha invitado al doctor Juan Alfredo Pinto Saavedra, Viceministro de Desarrollo Económico, del Ministerio de Desarrollo Económico, para asistir al “Seminario sobre Políticas Públicas”, y a la “Reunión Anual del Programa Iberpyme” que se realizará en la ciudad de Panamá (República de Panamá) los días 30 y 31 de octubre, 1° y 2 de noviembre de 2000;
Que una de las funciones primordiales del Viceministro de Desarrollo Económico es la de fijar políticas para Pymes y en el seminario se analizan las diversas estrategias, modalidades e instrumentos adoptados por los países iberoamericanos, por lo tanto es de suma importancia la asistencia del doctor Juan Alfredo Pinto Saavedra, a dichos eventos;
Que los gastos por concepto de hotel y tiquetes aéreos serán asumidos por el Gobierno de Panamá por intermedio del Programa de Iberpyme;
Que de acuerdo con lo estipulado por los artículos 129 y 189 numeral 18 de la Constitución Nacional, es facultad del Gobierno conceder permiso a los empleados públicos nacionales, para aceptar con carácter temporal mercedes de gobiernos extranjeros u organismos internacionales,
DECRETA:
Artículo 1°. Confiérese autorización al doctor Juan Alfredo Pinto Saavedra, Viceministro de Desarrollo Económico, del Ministerio de Desarrollo Económico, para aceptar del Gobierno de Panamá por intermedio del Programa de Iberpyme, los gastos por concepto de hotel y tiquetes aéreos, con el objeto de asistir al “Seminario sobre Políticas Públicas” y a la “Reunión Anual del Programa Iberpyme”, que se realizará en la ciudad de Panamá (República de Panamá), los días 30 y 31 de octubre, 1° y 2 de noviembre de 2000.
Artículo 2°. Encárgase de las funciones del Despacho del Viceministro de Desarrollo Económico a la doctora María Isabel Campo Cuello, Secretaria General, mientras dure la ausencia del titular.
Artículo 3°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 26 de octubre de 2000.
ANDRES PASTRANA ARANGO
El Ministro de Desarrollo Económico,
Augusto Ramírez Ocampo.