DECRETO 2184 DE 1998
(octubre 26)
por el cual se aprueba el Acuerdo número 012 de 1998, que establece la Planta de Personal Administrativa del Colegio Mayor del Cauca y determina el número de trabajadores oficiales.
Nota: Derogado por el Decreto 860 de 2005, art. 8.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades legales y en especial las que le confiere el artículo 74 del Decreto ley 1042 de 1978,
DECRETA:
Artículo 1º. Aprobar el Acuerdo número 012 de julio 27 de 1998, expedido por el Consejo Directivo del Colegio Mayor del Cauca, cuyo texto es el siguiente:
ACUERDO NÚMERO 012 DE 1998
(julio 27)
por el cual se establece la Planta de Personal Administrativo del Colegio.Mayor del Cauca y se determina el número de trabajadores oficiales.
El Consejo Directivo del Colegio Mayor del Cauca, en ejercicio de las facultades legales y estatutarias en especial las que le confiere el literal q) el artículo 14 del Acuerdo 021 de 1994,
ACUERDA:
Artículo 1º. Las funciones administrativas de las distintas dependencias del Colegio Mayor del Cauca, serán cumplidas por la Planta de Personal Administrativa que a continuación se establece:
Número de Cargos
Dependencia y Denominación del Empleo
Código
Grado
DEPENDENCIA RECTORIA
1 (uno)
Rector de Institución Universitaria
0052
11
PLANTA GLOBALIZADA
1 (uno)
Vicerrector de Institución Universitaria
0065
05
3 (tres)
Decano de Institución Universitaria
0160
02
1 (uno)
Secretario General de Institución Universitaria
0185
02
6 (seis)
Profesional Universitario
3020
13
1 (uno)
Técnico Administrativo
4065
16
1 (uno)
Técnico Administrativo
4065
13
6 (seis)
Auxiliar Administrativo
5120
14
4 (cuatro)
Auxiliar Administrativo
5120
10
7 (siete)
Celador
5320
09
Artículo 2º Fíjese en seis (6) el número de trabajadores oficiales al servicio del Colegio Mayor del Cauca.
Artículo 3 . El Rector mediante resolución hará la distribución de los anteriores cargos de acuerdo a la Estructura Interna, las necesidades del servicio y la naturaleza de la institución.
Artículo 4 . El presente acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición y para su validez requiere de la aprobación por decreto del Gobierno Nacional y deroga el Acuerdo 009 del 27 de abril de 1993 y demás disposiciones que le sean contrarias.
Anótese y cúmplase.
Expedido en Popayán, en el Salón de sesiones del Consejo Directivo del Colegio Mayor del Cauca, a los 27 días del mes de julio de 1998.
(Fdo.) Julián Irragorri Cajiao,
El Presidente Consejo Directivo.
(Fdo.) María Cecilia Vivas de Velasco,
La Secretaria Consejo Directivo.
Artículo 2º. Los funcionarios que sean incorporados a la nueva Planta de Personal continuarán devengado el salario correspondiente en la Planta de Personal anterior, hasta la fecha de posesión en el nuevo cargo que se establece en el presente decreto.
Artículo 3º. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación, y deroga el Decreto 1807 de 1993 y demás disposiciones que le sean contrarias.
Publíquese y cúmplase
Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 26 de octubre de 1998.
ANDRES PASTRANA ARANGO
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Juan Camilo Restrepo Salazar.
El Ministro de Educación Nacional,
Germán Alberto Bula Escobar.
La Directora del Departamento Administrativo de la Función Pública (E.),
Aura Salgado Zamudio.