DECRETO 2170 DE 2001
(octubre 12)
por el cual se concede una autorización para aceptar una invitación, una comisión
de servicios en el exterior y se hace un encargo.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y en especial las conferidas en el numeral 1 del artículo 189 de la Constitución Política, el artículo 34 del Decreto 1950 de 1973 y los Decretos 1050 y 2004 de 1997, y
CONSIDERANDO:
Que el doctor César Gaviria Trujillo, Secretario General de la Organización de los Estados Americanos, OEA, mediante comunicación vía fax del 17 de septiembre de 2001, invitó al Ministro de Trabajo y Seguridad Social de Colombia, a participar en la XII Conferencia Interamericana de Ministros de Trabajo, que se celebrará en la ciudad de Ottawa, Canadá, durante los días comprendidos entre el 17 y el 19 de octubre de 2001;
Que dada la trascendencia de esta Conferencia, es de vital importancia la participación activa del doctor Angelino Garzón, Ministro de Trabajo y Seguridad Social de Colombia;
Que el Gobierno de Canadá ofrece p agar al doctor Angelino Garzón, Ministro de Trabajo y Seguridad Social, los gastos de hospedaje que ocasione esta comisión;
Que se cuenta con la correspondiente disponibilidad presupuestal para atender los gastos que ocasione esta comisión, con cargo a la Caja Menor de Viáticos del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social-Grupo Administrativo, según certificación expedida por el funcionario responsable del manejo de la Caja Menor de fecha octubre 5 de 2001,
DECRETA:
Artículo 1°. Conferir comisión de servicios en el exterior al doctor Angelino Garzón, Ministro de Trabajo y Seguridad Social, por el término de cinco días, comprendidos entro el 16 y el 20 de octubre de 2001, incluidos los días de desplazamiento, para que participe en la XII Conferencia Interamericana de Ministros de Trabajo, que se llevará a cabo en la ciudad de Ottawa, Canadá, durante los días comprendidos entre el 16 y 20 de octubre de 2001.
Artículo 2°. Autorizar al doctor Angelino Garzón, Ministro de Trabajo y Seguridad Social, para aceptar por parte del Gobierno de Canadá, el hospedaje por cuatro (4) noches.
Los tiquetes aéreos en primera clase y viáticos complementarios a razón de ciento treinta y dos dólares con cincuenta centavos de dólar ($132.50) diarios, durante los cinco (5) días que dure la comisión, se pagarán con cargo a la Caja Menor de Viáticos del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social-Grupo Administrativo, según certificación expedida por el funcionario responsable, de fecha 5 de octubre de 2001.
Artículo 3°. Encargar al doctor Alvaro Patiño Pulido, Viceministro de Trabajo y Seguridad Social, de las funciones del Despacho del Ministro de Trabajo y Seguridad Social durante la ausencia de su titular, doctor Angelino Garzón.
Artículo 4°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 12 de octubre de 2001.
ANDRES PASTRANA ARANGO