DECRETO 2151 DE 2000

Decretos 2000

DECRETO 2151 DE 2000    

(octubre 20)    

por el  cual se ejecuta una sanción disciplinaria.    

El  Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades legales  que le confiere el artículo 94 de la Ley 200 de 1995, y    

CONSIDERANDO:    

Que  mediante Resolución 126 del 21 de septiembre de 1998, proferida por el  Procurador Delegado para la Economía y la Hacienda Pública, fue declarado  responsable disciplinariamente el Brigadier General (r.) Celso Suárez Martínez,  resolviendo sancionarlo con destitución del cargo de Gerente General de la Caja  Promotora de Vivienda Militar y como sanción accesoria, inhabilidad para  ejercer funciones públicas por el término de cinco (5) años;    

Que  mediante providencia del 4 de mayo de 2000, la Sala Disciplinaria de la  Procuraduría General de la Nación, resolvió el recurso de apelación interpuesto  contra la Resolución 126 del 21 de septiembre de 1998, decidiendo confirmar las  sanciones impuestas en la mencionada resolución;    

Que  mediante Decreto  2171 del 28 de noviembre de 1996, fue aceptada la renuncia presentada por  el Brigadier General (r.) Celso Suárez Martínez, como Gerente General de la  Caja Promotora de Vivienda Militar;    

Que  teniendo en cuenta que el Brigadier General (r.) Celso Suárez Martínez se  encuentra retirado del servicio, procede dar cumplimiento a lo señalado en el  artículo 53 concordante con el artículo 95 de la Ley 200 de 1995;    

Que  corresponde al nominador dar cumplimiento a las sanciones impuestas a sus  funcionarios, de conformidad con lo establecido en el artículo 94 de la Ley 200 de 1995,    

DECRETA:    

Artículo  1°. Destituir al Brigadier General (r.) Celso Suárez Martínez, identificado con  la cédula de ciudadanía número 2909521 de Bogotá, del cargo de Gerente General  de la Caja Promotora de Vivienda Militar, de conformidad, con lo dispuesto en  los fallos disciplinarios proferidos por el Procurador Delegado para la  Economía y la Hacienda Pública el 21 de septiembre de 1998 y la Sala  Disciplinaria de la Procuraduría General de la Nación el 4 de mayo de 2000.    

Artículo  2°. El Brigadier General (r.) Celso Suárez Martínez, identificado con la cédula  de ciudadanía número 2909521 de Bogotá, queda inhabilitado para ejercer  funciones públicas por el término de cinco (5) años, contados a partir de la  ejecutoria del fallo disciplinario.    

Artículo  3°. Dése cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 33 y 95 del Código Unico  Disciplinario.    

Parágrafo.  Teniendo en cuenta que el funcionario se encuentra retirado del servicio, copia  del presente decreto deberá ser anexado a su hoja de vida.    

Artículo  4°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.    

Publíquese,  comuníquese y cúmplase.    

Dado  en Bogotá, D. C., a 20 de octubre de 2000.    

ANDRES PASTRANA ARANGO    

El  Ministro de Defensa Nacional,    

Luis Fernando Ramírez Acuña.              

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