DECRETO 2151 DE 2000
(octubre 20)
por el cual se ejecuta una sanción disciplinaria.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades legales que le confiere el artículo 94 de la Ley 200 de 1995, y
CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución 126 del 21 de septiembre de 1998, proferida por el Procurador Delegado para la Economía y la Hacienda Pública, fue declarado responsable disciplinariamente el Brigadier General (r.) Celso Suárez Martínez, resolviendo sancionarlo con destitución del cargo de Gerente General de la Caja Promotora de Vivienda Militar y como sanción accesoria, inhabilidad para ejercer funciones públicas por el término de cinco (5) años;
Que mediante providencia del 4 de mayo de 2000, la Sala Disciplinaria de la Procuraduría General de la Nación, resolvió el recurso de apelación interpuesto contra la Resolución 126 del 21 de septiembre de 1998, decidiendo confirmar las sanciones impuestas en la mencionada resolución;
Que mediante Decreto 2171 del 28 de noviembre de 1996, fue aceptada la renuncia presentada por el Brigadier General (r.) Celso Suárez Martínez, como Gerente General de la Caja Promotora de Vivienda Militar;
Que teniendo en cuenta que el Brigadier General (r.) Celso Suárez Martínez se encuentra retirado del servicio, procede dar cumplimiento a lo señalado en el artículo 53 concordante con el artículo 95 de la Ley 200 de 1995;
Que corresponde al nominador dar cumplimiento a las sanciones impuestas a sus funcionarios, de conformidad con lo establecido en el artículo 94 de la Ley 200 de 1995,
DECRETA:
Artículo 1°. Destituir al Brigadier General (r.) Celso Suárez Martínez, identificado con la cédula de ciudadanía número 2909521 de Bogotá, del cargo de Gerente General de la Caja Promotora de Vivienda Militar, de conformidad, con lo dispuesto en los fallos disciplinarios proferidos por el Procurador Delegado para la Economía y la Hacienda Pública el 21 de septiembre de 1998 y la Sala Disciplinaria de la Procuraduría General de la Nación el 4 de mayo de 2000.
Artículo 2°. El Brigadier General (r.) Celso Suárez Martínez, identificado con la cédula de ciudadanía número 2909521 de Bogotá, queda inhabilitado para ejercer funciones públicas por el término de cinco (5) años, contados a partir de la ejecutoria del fallo disciplinario.
Artículo 3°. Dése cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 33 y 95 del Código Unico Disciplinario.
Parágrafo. Teniendo en cuenta que el funcionario se encuentra retirado del servicio, copia del presente decreto deberá ser anexado a su hoja de vida.
Artículo 4°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 20 de octubre de 2000.
ANDRES PASTRANA ARANGO
El Ministro de Defensa Nacional,
Luis Fernando Ramírez Acuña.