DECRETO 214 DE 2000

Decretos 2000

DECRETO 214 DE 2000    

(febrero 15)    

por el cual se  establece la Planta de Personal de la Escuela Nacional del Deporte-END– y se  dictan otras disposiciones.    

Nota: Derogado por el Decreto 3805 de 2005,  art. 8    

El Presidente de la República de  Colombia, en ejercicio de las facultades que le otorga el numeral 14 del  artículo 189 de la Constitución Política y  el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, y    

CONSIDERANDO:    

Que la Escuela Nacional del  Deporte-END– presentó los estudios de que tratan los artículos 41 de la Ley 443 de 1998 y 148  y 155 del Decreto 1572 de 1998,  modificado por el Decreto 2504 de 1998,  para efectos de modificar su Planta de Personal el cual obtuvo concepto  favorable del Departamento Administrativo de la Función Pública;    

Que la Dirección General del  Presupuesto Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, otorgó el  certificado de viabilidad presupuestal mediante oficio número 036648 del 1° de  diciembre de 1999,    

DECRETA:    

Artículo 1°. Las funciones propias  de la Escuela Nacional del Deporte, serán cumplidas por la planta de personal  que se establece a continuación, así:    

Número  de Cargos Denominación del Cargo  Código        Grado    

DESPACHO DEL RECTOR    

(Uno) 1       Rector de Institución Universitaria      0052  05    

(Uno) 1       Asesor        1020  01    

(Uno) 1       Secretario    5140  14    

PLANTA GLOBAL    

(Dos) 2       Vicerrector de Institución Universitaria 0065  02    

(Siete) 7      Profesional Universitario  3020  12    

(Tres) 3       Profesional Universitario  3020  10    

(Uno) 1       Profesional Universitario  3020  09    

(Tres) 3       Profesional Universitario  3020  04    

(Uno) 1       Técnico Operativo  4080  13    

(Uno) 1       Pagador       5045  20    

(Uno) 1       Secretario    5140  11    

(Cinco) 5     Secretario    5140  10    

(Dos) 2       Auxiliar Administrativo     5120  10    

(Uno) 1       Operario Calificado 5300  09    

(Uno) 1       Conductor Mecánico        5310  07    

(Uno) 1       Auxiliar de Servicios Generales  5335  07    

Artículo 2°. El Rector mediante  resolución, distribuirá los cargos de la Planta Global y ubicará el personal teniendo  en cuenta la estructura, los planes, los programas y las necesidades del  servicio.    

Artículo 3°. La incorporación de  los empleados a la planta de personal establecida en el artículo 10 del  presente decreto, se efectuará dentro de los 60 días siguientes a la fecha de  su publicación, teniendo en cuenta lo dispuesto en el Decreto 1173 de 1999  y demás normas vigentes sobre la materia.    

Artículo 4°. Los cargos de carrera  vacantes de la planta de personal se proveerán de conformidad con lo dispuesto  en el artículo 2° del Decreto 1572 de 1998  modificado por el Decreto 2504 de 1998.    

Artículo 5°. Los empleados de  carrera administrativa a quienes se les suprima el cargo en virtud de lo  dispuesto en el presente decreto, tendrán derecho a optar por la indemnización  o por la incorporación a empleo equivalente, de conformidad con lo consagrado  en el artículo 39 de la Ley 443 de 1998, y en  los Decretos reglamentarios 1572 de 1998 y 1173 de 1999, con  sujeción al procedimiento establecido en el Decreto ley 1568  de 1998.    

Artículo 6°. Suprimir la planta de  personal de trabajadores oficiales de diez (10) empleos que desempeñan las  labores de aseo, mantenimiento de edificaciones y equipos, jardinería,  actividades agropecuarias y preparación de alimentos. Los trabajadores  oficiales a quienes se les suprima su respectivo cargo tendrán derecho a  percibir una indemnización de conformidad con el artículo 64 del Código  Sustantivo de Trabajo, subrogado por el artículo 6° de la Ley 50 de 1990.    

Artículo 7°. El presente decreto  rige a partir de la fecha de su publicación y deroga el Decreto  número 1171 del 25 de junio de 1987 y demás disposiciones que le sean  contrarias.    

Publíquese y cúmplase.    

Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 15 de febrero de 2000.    

ANDRES PASTRANA ARANGO    

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,    

Juan  Camilo Restrepo Salazar.    

El Ministro de Educación Nacional,    

Germán  Bula Escobar.    

El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública,    

Mauricio  Zuluaga Ruiz.              

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