DECRETO 2095 DE 2000
(octubre 19)
por el cual se autoriza a unos funcionarios del Instituto Colombiano para el Desarrollo de la Ciencia y la Tecnología Francisco José de Caldas, Colciencias, para aceptar
una invitación.
El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades constitucionales y legales y en especial de las que le confieren los artículos 129 y 189 numeral 18 de la Constitución Política, el artículo 96 del Decreto 1950 de 1973, modificado por el artículo 1° del Decreto 2197 de 1996, y
CONSIDERANDO:
Que las doctoras Claudia Marina Sanmiguel Colmenares y Beatriz Suárez de Sarmiento, identificadas con cédula de ciudadanía números 51651804 de Usaquén y 41332918 de Bogotá, respectivamente, Asesoras de la Subdirección de Programas Estratégicos y del Programa Nacional de Ciencia y Tecnología de la Salud del Instituto Colombiano para el Desarrollo de la Ciencia y la Tecnología Francisco José de Caldas, Colciencias, requieren autorización para aceptar el pago por parte de la Cooperación Regional Francesa, de los tiquetes y viáticos, con el fin de participar en la Reunión de Negocios Franco-Andina de Ciencia y Tecnología, en la cual se presentarán programas y proyectos de investigación de la Comunidad Andina a la Cooperación Francesa para ser negociados por esta; reunión que se realizará en la ciudad de Caracas, Venezuela, del 23 al 24 de octubre de 2000;
Que el artículo 129 de la Constitución Política establece que “Los servidores públicos no podrán aceptar cargos, honores o recompensas de gobiernos extranjeros u organismos internacionales, ni celebrar contratos con ellos, sin previa autorización del Gobierno”, prohibición concordante con lo dispuesto en el numeral 3° del artículo 41 de la Ley 200 de 1995;
Que de conformidad con el artículo 96 del Decreto 1950 de 1973, modificado por el artículo 1° del Decreto 2197 de 1996, las comisiones para atender invitaciones de gobiernos extranjeros, organismos internacionales o entidades particulares, sólo podrán ser aceptadas previa autorización del Gobierno Nacional,
DECRETA:
Artículo 1°. Autorízase a las doctoras Claudia Marina Sanmiguel Colmenares y Beatriz Suárez de Sarmiento, ya identificadas, Asesoras de la Subdirección de Programas Estratégicos y del Programa Nacional de Ciencia y Tecnología de la Salud del Instituto Colombiano para el Desarrollo de la Ciencia y la Tecnología Francisco José de Caldas, Colciencias, para que previo el trámite de la correspondiente comisión acepte el pago de los tiquetes y viáticos por parte de la Cooperación Regional Francesa, para que participen en la Reunión de Negocios Franco-Andina de Ciencia y Tecnología, que se realizará en la ciudad de Caracas, Venezuela, del 23 al 24 de octubre de 2000.
Artículo 2°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Comuníquese, publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 19 de octubre de 2000.
ANDRES PASTRANA ARANGO
El Director del Departamento Nacional de Planeación,
Juan Carlos Echeverri Garzón.