DECRETO 2095 DE 2000

Decretos 2000

DECRETO 2095 DE 2000    

(octubre 19)    

por el cual se autoriza a unos  funcionarios del Instituto Colombiano para el Desarrollo de la Ciencia y la  Tecnología Francisco José de Caldas, Colciencias, para aceptar 

  una invitación.    

El Presidente de la República  de Colombia, en uso de sus facultades constitucionales y legales y en especial  de las que le confieren los artículos 129 y 189 numeral 18 de la Constitución  Política, el artículo 96 del Decreto 1950 de 1973,  modificado por el artículo 1° del Decreto 2197 de 1996,  y    

CONSIDERANDO:    

Que las doctoras Claudia  Marina Sanmiguel Colmenares y Beatriz Suárez de Sarmiento, identificadas con  cédula de ciudadanía números 51651804 de Usaquén y 41332918 de Bogotá,  respectivamente, Asesoras de la Subdirección de Programas Estratégicos y del  Programa Nacional de Ciencia y Tecnología de la Salud del Instituto Colombiano  para el Desarrollo de la Ciencia y la Tecnología Francisco José de Caldas,  Colciencias, requieren autorización para aceptar el pago por parte de la  Cooperación Regional Francesa, de los tiquetes y viáticos, con el fin de  participar en la Reunión de Negocios Franco-Andina de Ciencia y Tecnología, en  la cual se presentarán programas y proyectos de investigación de la Comunidad  Andina a la Cooperación Francesa para ser negociados por esta; reunión que se  realizará en la ciudad de Caracas, Venezuela, del 23 al 24 de octubre de 2000;    

Que el artículo 129 de la Constitución Política  establece que “Los servidores públicos no podrán aceptar cargos, honores o  recompensas de gobiernos extranjeros u organismos internacionales, ni celebrar  contratos con ellos, sin previa autorización del Gobierno”, prohibición  concordante con lo dispuesto en el numeral 3° del artículo 41 de la Ley 200 de 1995;    

Que de conformidad con el  artículo 96 del Decreto 1950 de 1973,  modificado por el artículo 1° del Decreto 2197 de 1996,  las comisiones para atender invitaciones de gobiernos extranjeros, organismos  internacionales o entidades particulares, sólo podrán ser aceptadas previa  autorización del Gobierno Nacional,    

DECRETA:    

Artículo 1°. Autorízase a  las doctoras Claudia Marina Sanmiguel Colmenares y Beatriz Suárez de Sarmiento,  ya identificadas, Asesoras de la Subdirección de Programas Estratégicos y del  Programa Nacional de Ciencia y Tecnología de la Salud del Instituto Colombiano  para el Desarrollo de la Ciencia y la Tecnología Francisco José de Caldas,  Colciencias, para que previo el trámite de la correspondiente comisión acepte  el pago de los tiquetes y viáticos por parte de la Cooperación Regional  Francesa, para que participen en la Reunión de Negocios Franco-Andina de  Ciencia y Tecnología, que se realizará en la ciudad de Caracas, Venezuela, del  23 al 24 de octubre de 2000.    

Artículo 2°. El presente decreto  rige a partir de la fecha de su expedición.    

Comuníquese, publíquese y  cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a  19 de octubre de 2000.    

ANDRES PASTRANA ARANGO    

El Director del  Departamento Nacional de Planeación,    

Juan Carlos Echeverri Garzón.    

               

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