DECRETO 2078 DE 2000

Decretos 2000

DECRETO 2078 DE 2000    

(octubre 17)    

por el cual se fija un plazo.    

El Presidente de la  República de Colombia, en uso de sus facultades constitucionales y legales, en  especial las conferidas por los numerales 11 y 21 del artículo 189 de la Constitución Política de  Colombia, de conformidad con las Leyes 30 de 1992 y 115 de 1994,    

DECRETA:    

Artículo 1°. Para los  efectos del artículo 16 del Decreto 272 de 1998,  fíjese como fecha el día 20 de diciembre de 2000, para que los programas de  pregrado, posgrado, doctorados y maestrías en Educación presentados al Consejo  Nacional de Acreditación y a la Comisión Nacional de Doctorados y Maestrías,  respectivamente, obtengan acreditación previa conforme a las previsiones del  mencionado decreto.    

Artículo 2°. El presente decreto  rige a partir de su publicación y deroga las disposiciones que le sean  contrarias.    

Publíquese, comuníquese y  cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a  17 de octubre de 2000.    

ANDRES PASTRANA ARANGO    

El Ministro de Educación  Nacional,    

Francisco  José Lloreda Mera.              

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