DECRETO 2046 DE 1998

Decretos 1998

DECRETO 2046 DE 1998    

(octubre 8)    

Por el cual se aprueba el Acuerdo número  011 de 1998,que fija la Estructura Interna del Colegio Mayor del Cauca y se  determinan las funciones de sus dependencias    

Nota: Derogado por el Decreto 859 de 2005,  art. 8.    

El  Presidente de la República de Colombia en ejercicio de las facultades legales y  en especial las que le confiere el Decreto ley 1050  de 1968    

DECRETA:    

Artículo  1º. Apruébase el Acuerdo número 011 de 1998, emanado del Consejo Directivo del  Colegio Mayor del Cauca, por el cual se fija la Estructura Interna y se  determinan las funciones de sus dependencias y cuyo texto es el siguiente:    

ACUERDO NÚMERO 011 DE 1998    

Por el cual se establece la Estructura  Interna del COLEGIO MAYOR DEL CAUCA y se determinan las funciones de sus  dependencias.    

EL CONSEJO DIRECTIVO DEL COLEGIO MAYOR  DEL CAUCA, EN    

USO DE SUS ATRIBUCIONES LEGALES Y  ESTATUTARIAS    

ACUERDA:    

CAPITULO 1    

DE LA ESTRUCTURA INTERNA    

Artículo  1º. La estructura Interna del COLEGIO MAYOR DEL CAUCA será la siguiente:       

1.                    

Consejo    Directivo   

2.                    

Rectoría   

2.1                    

Oficina    de Planeación.   

2.2                    

Oficina    de Control Interno   

2.3                    

Secretaría    General   

3.                    

Consejo    Académico   

4.                    

Vicerrectoría    Académica   

4.1                    

Centro    de Investigaciones.   

4.2                    

Centro    de Extensión   

4.3                    

Centro de Admisión, Registro y Control Académico.   

4.4                    

Centro    de Información.   

5.                    

Facultades   

5.1                    

Facultad de Artes y Diseño.   

5.1.1                    

Consejo    de Facultad   

5.1.2                    

Decanatura   

5.2                    

Facultad de Ciencias Sociales y de la    Administración.   

5.2.1                    

Consejo    de Facultad   

5.2.2                    

Decanatura   

5.3                    

Facultad    de Ingenierías   

5.3.1                    

Consejo    de Facultad.   

5.3.2                    

Decanatura.   

6.                    

Organos de Asesoría y Coordinación   

6.1.1                    

Comité    de Planeación   

6.1.2                    

Comité de Coordinación de Control Interno   

6.1.3                    

Comisión    de Personal   

6.1.4                    

Junta    de Compras   

6.1.5                    

Comité    de Bienestar Social   

6.1.6                    

Comité    de Investigaciones   

6.1.7                    

Comité    de Personal Docente   

6.1.8                    

Comité    Curricular   

6.1.9                    

Comité    de Bienestar Universitario      

CAPITULO II    

DE LAS FUNCIONES DE LAS DEPENDENCIAS    

Artículo  2º. El Consejo Directivo, la Rectoría, El Consejo Académico, la Vicerrectoría  Académica, los Consejos de Facultad, las Decanaturas y la Secretaría General,  se integran y cumplen las funciones para ellos señaladas en el Estatuto General  y demás disposiciones vigentes.    

Artículo  3º. OFICINA DE PLANEACION    

Son  funciones de la Oficina de Planeación:    

1.  Proponer políticas de Desarrollo Institucional y Asesorar a la Rectoría en la  Planeación, Programación y Evaluación Académica, Administrativa y Financiera.    

2.  Asesorar a la Rectoría en la Planeación, Programación Académica, Administrativa  y Financiera del Colegio Mayor del Cauca.    

3.  Realizar estudios sobre el desarrollo de proyectos, planes y programas para la  Institución.    

4.  Preparar en coordinación con las diferentes dependencias del Colegio Mayor del  Cauca el proyecto anual de Presupuesto de Rentas y Gastos.    

5.  Recopilar, analizar, evaluar y consolidar la información estadística sobre las  actividades del Colegio Mayor del Cauca.    

6.  Formular recomendaciones a la Rectoría sobre la utilización de la capacidad  instalada, el acondicionamiento de locales y espacios de la planta física del  Colegio Mayor del Cauca.    

7.  Elaborar y evaluar los planes de desarrollo institucionales, coordinar su  ejecución y sugerir ajustes.    

8.  Establecer pautas y procedimientos en coordinación con la Oficina de Control  Interno, para el desarrollo de la autoevaluación institucional.    

9.  Dirigir y coordinar la elaboración de estudios de factibilidad y la  implantación de los procesos de sistematización y automatización en el Colegio  Mayor del Cauca.    

10.  Presentar informes sobre el desarrollo de las actividades de la dependencia.    

11. Las  demás funciones que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la  dependencia.    

Artículo  4º. OFICINA DE CONTROL INTERNO.    

Son  funciones de la Oficina de Control Interno:    

1.  Planear, dirigir y organizar la verificación y evaluación del Sistema de  Control Interno.    

2.  Verificar que el Sistema de Control Interno esté formalmente establecido dentro  de la organización y que su ejercicio sea intrínseco al desarrollo de las  funciones de todos los cargos y, en particular, de aquellos que tengan  responsabilidad de mando.    

3.  Verificar que los controles asociados con todas y cada una de las actividades  de la organización, estén adecuadamente definidos, sean apropiados y se mejoren  permanentemente, de acuerdo con al evolución de la entidad.    

4. Velar  por el cumplimiento de las leyes, normas, políticas, procedimientos, planes,  programas, proyectos y metas de la organización y recomendar los ajustes  necesarios.    

5.  Servir de apoyo a los Directivos en el proceso de toma de decisiones, a fin que  se obtengan los resultados esperados.    

6.  Verificar los procesos relacionados con el manejo de los recursos, bienes y los  sistemas de información de la entidad y recomendar los correctivos que sean  necesarios.    

7.  Fomentar en toda la organización la formación de una cultura de control que  contribuya al mejoramiento continuo en el cumplimiento de la misión  institucional.    

8.  Evaluar y verificar la aplicación de los mecanismos de participación ciudadana,  que en desarrollo del mandato constitucional y legal, diseñe la entidad  correspondiente.    

9.  Mantener permanentemente informados a los directivos acerca del estado del  control interno dentro de la entidad, dando cuenta de las debilidades detectadas  y de las fallas en su cumplimiento.    

10.  Verificar que se implanten las medidas respectivas recomendadas.    

11. Las  demás que le asigne el jefe del organismo o entidad de acuerdo con el carácter  de sus funciones.    

Artículo  5º. SECRETARIA GENERAL.    

La  Secretaría General cumple además de las funciones previstas en el Estatuto  General, las siguientes:    

1.  Participar en la preparación de los planes y programas relacionados con sus  funciones.    

2.  Asistir a las distintas dependencias del Colegio Mayor del Cauca en el estudio  y solución de los asuntos de orden jurídico y elaborar y revisar los actos  administrativos correspondientes.    

3.  Elaborar y actualizar la codificación de las disposiciones internas y externas  relacionadas con el Colegio Mayor del Cauca y darlas a conocer a los empleados  y estudiantes.    

4.  Conservar y actualizar los títulos de los bienes inmuebles propiedad del  Colegio Mayor del Cauca.    

5.  Expedir las certificaciones y constancias requeridas por los profesores y  personal administrativo.    

6. Dirigir  y coordinar los procesos de selección y capacitación del personal  administrativo y recomendarles programas, planes y programas pertinentes.    

7.  Administrar los procesos de correspondencia y archivo.    

8.  Presentar informes sobre el desarrollo de las actividades de la dependencia.    

9. Las  demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.    

Artículo  6º. CENTRO DE INVESTIGACION.    

Son  funciones del Centro de Investigación:    

1.  Formular los criterios y normas generales sobre investigación, orientar y  coordinar los programas y proyectos que desarrollen los alumnos, los profesores  y la comunidad.    

2.  Promover el espíritu científico e investigativo en la comunidad y en el Colegio  Mayor del Cauca.    

3.  Apoyar los programas académicos en aspectos de investigación para docentes y  alumnos.    

4.  Elaborar programas de asesoría a la comunidad.    

5.  Establecer relaciones de intercambio y colaboración en las áreas de  investigación con organismos nacionales y extranjeros.    

6.  Impulsar y coordinar la publicación de los resultados de las investigaciones.    

7.  Presentar informes sobre el desarrollo de las actividades de la dependencia.    

8. Las  demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.    

Artículo  7o. CENTRO DE EXTENSION    

Son  funciones del Centro de Extensión:    

1.  Diseñar y presentar ante los organismos competentes la adopción de políticas  que permitan el desarrollo de los programas y proyectos de extensión.    

2.  Desarrollar y promulgar los programas de Educación Informal en coordinación con  las distintas facultades de acuerdo a las políticas y planes de la institución.    

3.  Apoyar e impulsar la elaboración de estudios tendientes a materializar los  proyectos y programas académicos de Extensión.    

4.  Diseñar los mecanismos que permitan el correcto funcionamiento y adecuado nivel  académico de los cursos de extensión.    

5.  Presentar a las directivas del Colegio Mayor del Cauca la adopción o  modificación de medidas académicas, económicas y administrativas que permitan  el desarrollo de la Educación Informal.    

6.  Planear, asesorar y evaluar los programas de Educación Informal en coordinación  con la Vicerrectoría, Decanaturas y Coordinador de Planeación.    

7.  Asesorar a las instancias universitarias en lo concerniente a la Educación  Informal.    

8.  Desempeñar las demás funciones asignadas por la autoridad competente de acuerdo  con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño del cargo.    

Artículo  8. CENTRO DE ADMISIONES, REGISTRO Y CONTROL ACADEMICO    

Son  funciones del Centro de Admisiones, Registro y Control Académico, las  siguientes:    

1.  Ejecutar los procesos de inscripción, selección, admisión y matrícula de  estudiantes.    

2.  Informar y orientar al aspirante sobre los planes de estudio requisitos y  procedimientos de inscripción, matrícula, transferencia y reintegro.    

3.  Organizar y actualizar los registros, archivos y Kárdex de alumnos.    

4.  Elaborar y publicar listas, calendarios académicos, horarios, certificados y  constancias de alumnos.    

5.  Rendir informes a la Rectoría sobre el desarrollo de sus funciones.    

6.  Presentar informes sobre el desarrollo de las actividades de la dependencia.    

7. Las  demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.    

Artículo  9. CENTRO DE INFORMACION.    

Son  funciones del Centro de Información:    

1. Organizar  y controlar la prestación de los servicios de biblioteca y documentación.    

2.  Definir los sistemas de clasificación, procesamiento y conservación de los  materiales bibliográficos y ayudas didácticas.    

3.  Establecer sistemas de distribución, préstamo e intercambio de material  bibliográfico y de apoyo a la docencia.    

4.  Publicar boletines bibliográficos e informativos sobre disponibilidades y  novedades de material didáctico y bibliográfico para los diferentes usuarios de  la biblioteca.    

5.  Organizar, coordinar y controlar la adquisición de recursos bibliográficos,  didácticos y de ayudas educativas.    

6.  Instruir y asesorar a los usuarios sobre el manejo de los equipos audiovisuales  y ayudas didácticas.    

7.  Prestar servicios de diseño y diagramación de documentos que le sean  solicitados.    

8.  Presentar informes sobre el desarrollo de las actividades de la dependencia.    

9. Las  demás funciones que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la  dependencia.    

Artículo  10. FACULTADES.    

Son  funciones de las Facultades.    

1.  Organizar, dirigir y controlar los programas académicos a su cargo.    

2.  Coordinar el uso de los recursos que le sean asignados para el desarrollo de  sus actividades.    

3.  Atender y coordinar la prestación de los servicios docente y asesoría a los  otros programas académicos y los de asistencia a la comunidad.    

4.  Organizar, desarrollar y evaluar los planes y programas de docencia e  investigación.    

5.  Estructurar los planes de estudio, el diseño curricular y evaluativo de los  programas.    

6.  Elaborar el calendario de actividades académicas y proponerlo al Consejo  Académico.    

7.  Controlar el desarrollo del calendario academico y de las actividades de los  docentes y estudiantes adscritos a los programas.    

8.  Elaborar en coordinación con la Oficina de Planeación el proyecto anual de  Gastos e inversiones de la Facultad.    

9.  Presentar informes sobre el desarrollo de las actividades de la dependencia.    

10. Las  demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.    

CAPITULO III    

DE LOS ORGANOS DE COORDINACION Y ASESORIA    

Artículo  11º. Los organismos de Coordinación y Asesoría serán:    

Comité  de Planeación, Comité de Coordinación de Control Interno, Comisión de Personal,  Junta de Compras, Comité de Bienestar Social, Comité de Investigaciones, Comité  de Personal Docente, Comité Curricular, Comité de Bienestar Universitario y  cumplirán sus funciones de conformidad con las disposiciones legales y  reglamentarias que regulen la materia.    

Artículo  12º. VIGENCIA. El presente Acuerdo deroga el Acuerdo número 002 de 1989 y  requiere de la aprobación del Gobierno Nacional y rige a partir de la fecha de  la publicación del respectivo Decreto.    

Comuníquese  y cúmplase.    

Dado en  Popayán a los 27 días del mes de julio de 1998.    

(Fdo.)    

JULIAN  IRAGORRI CAJIAO    

Presidente    

Consejo  Directivo    

(Fdo).    

MARIA  CECILIA DE VELASCO    

Secretaria  Consejo    

Artículo  2º. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga el  Decreto  2840 del 11 de diciembre de 1989 y demás disposiciones que le sean  contrarias.    

Publíquese  y cúmplase.    

Dado en  Santafé de Bogotá, D. C. a 8 de octubre de 1998.    

ANDRES  PASTRANA ARANGO    

El  Ministro de Educación Nacional    

Germán  Alberto Bula Escobar    

La  Directora del Departamento Administrativo de la Función Pública, (E)    

Aura  Salgado Zamudio              

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