DECRETO 2045 DE 2000
(octubre 11)
por el cual se autoriza a una funcionaria del Departamento Administrativo Nacional
de Estadística, para aceptar invitación otorgada por un organismo internacional.
El Ministro de Justicia y del Derecho de la República de Colombia, delegatario de funciones Presidenciales de acuerdo con el Decreto 2009 de 2000, en ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 129 de la Constitución Política de Colombia, y
CONSIDERANDO:
Que la CEPAL conjuntamente con la Dirección de Estadística y Censos de Panamá, mediante fax del 25 de septiembre de 2000, formuló invitación al Departamento Administrativo Nacional de Estadística, para dar asesoría al equipo técnico responsable de implementar el cálculo de Producto Interno Bruto Trimestral de Panamá a realizarse en dicha ciudad, entre el 16 y el 26 de octubre del año en curso;
Que para asistir a la citada asesoría, se designó a la doctora Mariana Magdalena Cortés Arévalo, Directora Técnica Código 0100 Grado 18 del Departamento Administrativo Nacional de Estadística;
Que la doctora designada requiere autorización para aceptar la invitación otorgada por la CEPAL cuyos gastos de pasajes aéreos y viáticos en Panamá serán pagados con cargo a los Fondos del Proyecto “Mejoramiento de las Cuentas Nacionales y la Producción de Estadísticas Básicas” de dicho organismo;
Que de conformidad con el artículo 129 de la Constitución Política de Colombia; “Los servidores públicos no podrán aceptar cargos, honores o recompensas de gobiernos extranjeros u organismos internacionales, ni celebrar contratos con ellos, sin previa autorización del Gobierno,”
DECRETA:
Artículo 1°. Autorizar a la doctora Mariana Magdalena Cortes Arévalo, Directora Técnica Código 0100 Grado 18 con cédula de ciudadanía número 41396887 de Bogotá, para aceptar de la CEPAL conjuntamente con la Dirección de Estadística y Censos de Panamá, la invitación formulada que incluye pasajes aéreos y viáticos en Panamá, para asesorar al equipo técnico responsable de implementar el cálculo de Producto Interno Bruto Trimestral de Panamá”, a realizarse en dicha ciudad entre el 16 y el 26 de octubre del año en curso.
Artículo 2°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 11 de octubre de 2000.
ROMULO GONZALEZ TRUJILLO
La Directora del Departamento Administrativo Nacional de Estadística,
María Eulalia Arteta Manrique.