DECRETO 2033 DE 2000

Decretos 2000

DECRETO 2033 DE 2000    

(octubre 11)    

por el cual se autoriza a una  funcionaria de la Dirección Nacional 

  de Estupefacientes para que acepte una invitación.    

El Ministro de Justicia y  del Derecho, delegatario de funciones Presidenciales, en ejercicio de las  facultades conferidas por los artículos 129 y 189 numeral 18 de la Constitución  Política y de conformidad con lo dispuesto por el Decreto  2009 del 4 de octubre de 2000,    

CONSIDERANDO:    

Que en la ciudad de  Miami, Estados Unidos de América, se llevará a cabo el 17 y 18 de octubre de  2000, la reunión preparatoria del grupo de intercambio de información del Grupo  Unidos Contra Drogas UCD del Comando Sur de los Estados Unidos;    

Que la DNE hace parte de  la delegación por Colombia ante la UCD;    

Que se estima necesaria  la presencia en la reunión preparatoria de la doctora Gloria Clemencia Gómez  Estrada, Subdirectora Estratégica y de Investigaciones de la Dirección Nacional  de Estupefacientes;    

Que los gastos de  transporte y viáticos serán cubiertos por el Comando Sur de las Fuerzas Armadas  de los Estados Unidos de América;    

Que de acuerdo con lo  dispuesto por el artículo 129 de la Constitución Política,  “los servidores públicos no podrán aceptar cargos, honores o recompensas  de gobiernos extranjeros u organismos internacionales, ni para celebrar  contratos con ellos, sin previa autorización del Gobierno”;    

Que en mérito de lo  expuesto,    

DECRETA:    

Artículo 1°. Autorízase a  la doctora Gloria Clemencia Gómez Estrada, Subdirectora Estratégica y de  Investigaciones de la Dirección Nacional de Estupefacientes, identificada con  la cédula de ciudadanía número 41431081 de Bogotá, para que asista en  representación de Colombia a la Reunión Preparatoria del Grupo de Intercambio  de Información del Grupo Unidos Contra Drogas, a desarrollarse en la ciudad de  Miami, Estados Unidos de América el 17 y 18 de octubre de 2000, así como para  aceptar el pago de los gastos de transporte y viáticos por parte del Comando  Sur de las Fuerzas Armadas de ese mismo país.    

Artículo 2°. El presente decreto  rige a partir de su expedición.    

Publíquese, comuníquese y  cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a  11 de octubre de 2000.    

ROMULO GONZALEZ TRUJILLO    

El Ministro de Justicia y  del Derecho.    

Rómulo  González Trujillo.              

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