DECRETO 1968 DE 2000
(septiembre 29)
por el cual se retira del servicio a un notario
y se efectúa un nombramiento en interinidad.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales en especial de las que le confieren el numeral 13 del artículo 189 de la Constitución Política, los artículos 181 y 182 del Decreto ley 960 de 1970, 5° del Decreto 2163 de 1970, 66 y 74 del Decreto Reglamentario 2148 de 1983 y 1° del Decreto 3047 de 1989, y
CONSIDERANDO:
Que el doctor Armando Moreno Umaña, Notario Unico del Círculo de Pacho, Cundinamarca, cumplió 65 años de edad el 18 de marzo del año 2000, según se infiere de la fotocopia de la cédula de ciudadanía que reposa en los archivos de la Superintendencia de Notariado y Registro;
Que el Decreto 3047 de 1989, establece como edad de retiro forzoso para los Notarios, la de 65 años;
Que de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 182 del Decreto ley 960 de 1970, el retiro se producirá a solicitud del interesado, del Ministerio Público, de la Vigilancia Notarial, o de oficio, dentro del mes siguiente a la ocurrencia de la causa;
Que por los motivos antedichos se hace necesario retirar del servicio al doctor Armando Moreno Umaña, y proveer el cargo de Notario Unico del Círculo de Pacho, Cundinamarca;
Que por lo anteriormente expuesto,
DECRETA:
Artículo 1°. Retírase del servicio al doctor Armando Moreno Umaña, identificado con la cédula de ciudadanía 468760 de Zipaquirá, Notario Unico del Círculo de Pacho, Cundinamarca, por las razones expuestas en los considerandos del presente decreto.
Artículo 2°. Nómbrase en interinidad en el cargo de Notario Unico del Círculo de Pacho, Cundinamarca, a la doctora Melania Méndez Cabrera, identificada con la cédula de ciudadanía 26617505 expedida en Florencia.
Artículo 3°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 29 de septiembre de 2000.
ANDRES PASTRANA ARANGO
El Ministro de Justicia y del Derecho,
Rómulo González Trujillo.