DECRETO 1949 DE 2001

Decretos 2001

DECRETO 1949  DE 2001    

(septiembre 17)    

por el cual se da una autorización, se confiere comisión de servicios  al exterior a la Ministra de Cultura y se hace un encargo.    

Nota:  Modificado por el Decreto 2066 de 2001.    

El Presidente  de la República de Colombia, en uso de sus facultades constitucionales y  legales, y en especial de las conferidas por los artículos 129 y 189, numeral 18 de la Constitución  P olítica de Colombia, el artículo 34 del Decreto 1950 de 1973,  el artículo 4° del Decreto 1050 de 1997,  el Decreto 1461, y    

CONSIDERANDO:    

Que la  Ministra de Cultura, doctora Araceli Morales López, debe desplazarse a las  ciudades de Lucerna (Suiza), París y Biarritz (Francia) del 22 de septiembre al  4 de octubre de 2001, con el objeto de participar en la Cuarta Conferencia  Internacional de Ministros de Cultura de la Red Internacional de Políticas  Culturales a realizarse en la ciudad de Lucerna (Suiza), en la ciudad de París  (Francia) cumplir con las siguientes actividades: desarrollo de la agenda  preparada conjuntamente con la Embajada de Francia; presentación a la Embajada  de Colombia en Francia y a la Cités Unies, del conjunto de proyectos culturales  liderados por las alcaldías de ciudades y municipios del país, a fin de  seleccionar aquellos que serán presentados en el Foro de Reflexión y en  Biarritz (Francia) participar en el Festival de Cines y Culturas de América  Latina;    

Que los  organizadores de la Conferencia Internacional de Ministros, cubrirán los costos  de alojamiento en la ciudad de Lucerna, durante los días 23 al 26 de  septiembre;    

Que los  gastos por concepto de Transporte Aéreo de la doctora Araceli Morales López,  serán asumidos con cargo al Convenio 655-99, suscrito entre la SECAB y el  Ministerio de Cultura. Los viáticos serán asumidos con cargo al presupuesto del  Ministerio de Cultura, rubro presupuestal 2‑02‑10, de acuerdo al  CDP 501 del 24 de agosto de 2001, expedido por el Grupo de Finanzas de la  Secretaría General,    

DECRETA:    

Artículo 1°.  Autorízase a la Ministra de Cultura, doctora Araceli Morales López, para  aceptar el pago del alojamiento durante su estadía en la ciudad de Lucerna  (Suiza), durante los días 23 al 26 de septiembre, por parte de los  organizadores de la Cuarta Conferencia Internacional de Ministros de Cultura.    

Artículo 2°.  Modificado por el Decreto 2066 de 2001,  artículo 1º. “Confiérese comisión de servicios al exterior, a la  Ministra de Cultura, para desplazarse a la ciudad de Lucerna (Suiza), del 22 al  27 de septiembre de 2001, con el objeto de participar en la Cuarta Conferencia  Internacional de Ministros de Cultura de la Red Internacional de Políticas  Culturales a realizarse en esta ciudad”.    

Texto inicial: “Confiérese  comisión de servicios al exterior, a la Ministra de Cultura, para desplazarse a  las ciudades de Lucerna (Suiza), París y Biarritz (Francia) del 22 de  septiembre al 4 de octubre de 2001, con el objeto de participar en la Cuarta  Conferencia Internacional de Ministros de Cultura de la Red Internacional de  Políticas Culturales a realizarse en la ciudad de Lucerna (Suiza), en la ciudad  de París (Francia) cumplir con las siguientes actividades: desarrollo de la  agenda preparada conjuntamente con la Embajada de Francia; presentación a la  Embajada de Colombia en Francia y a la Cités Unies, del conjunto de proyectos  culturales liderados por las alcaldías de ciudades y municipios del país, a fin  de seleccionar aquellos que serán presentados en el Foro de Reflexión y en  Biarritz (Francia) participar en el Festival de Cines y Culturas de América  Latina.”.    

Artículo 3°. Modificado por el Decreto 2066 de 2001,  artículo 2º. (Este modificado por el Decreto 2908 de 2001,  artículo 1º.). “La Ministra  de Cultura, tiene derecho al reconocimiento y pago de un día y medio (1.5) por  concepto de alimentación, alojamiento y transporte local a razón de US$380  diarios y cuatro (4) días por concepto de viáticos complementarios  (alimentación y transporte local) a razón de US$228 diarios, para un total de  US$1.482, sufragados con cargo al Presupuesto del Ministerio de Cultura, rubro  presupuestal 2‑02‑10 según CDP 501 del 28 de agosto de 2001,  expedido por el Grupo de Finanzas de la Secretaría General. Los tiquetes aéreos  serán asumidos con cargo al Convenio 655/99, suscrito entre el Ministerio de  Cultura y la Secab.    

Texto inicial: “La Ministra de Cultura tiene derecho al  reconocimiento y pago de ocho días y medio (8.5) por concepto de alimentación,  alojamiento y transporte local a razón de US$380 diarios y (4) días por  concepto de viáticos complementarios (alimentación y transporte local) a razón  de US$228 diarios, para un total de US$4.142, sufragados con cargo al  Presupuesto del Ministerio de Cultura, rubro presupuestal 2‑02‑10,  según CDP 501 del 28 de agosto de 2001, expedido por el Grupo de Finanzas de la  Secretaría General. Los Tiquetes Aéreos serán asumidos con cargo al Convenio  655-99, suscrito entre el Ministerio de Cultura y la SECAB.”.    

Artículo 4°.  Encárgase a la doctora Marta Mercedes Castrillón Simmons, Viceministra de  Cultura, de las funciones del Despacho de la Ministra de Cultura, durante la  ausencia de su titular.    

Artículo 5°.  El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.    

Publíquese,  comuníquese y cúmplase.    

Dado en  Bogotá, D. C., a 17 de septiembre de 2001.    

ANDRES PASTRANA ARANGO    

               

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