DECRETO 1924 DE 1999
(septiembre 30)
por medio del cual se modifican los Decretos 820 del 7 de mayo de 1999 y 1197 del 2 de julio de 1999.
El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades constitucionales y en especial de las que le confiere el numeral 25 del artículo 189 de la Constitución Política, con sujeción a las normas generales previstas en las Leyes ª del 1971 y 7ª de 1991, previo concepto del Consejo Superior de Comercio Exterior,
DECRETA:
Artículo 1°. El artículo 6° del Decreto 820 de 1999, quedará así: El presente decreto rige a partir de su publicación y hasta el 31 de diciembre de 1999.
Artículo 2°. El presente decreto deroga el artículo 2° del Decreto 1197 de 1999 y rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Santa Fe de Bogotá, D.C., a 30 de septiembre de 1999.
ANDRES PASTRANA ARANGO
El Viceministro de Hacienda, encargado de las funciones del Despacho del Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Juan Mario Laserna Jaramillo.
El Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural,
Rodrigo Villalba Mosquera.
La Viceministra de Comercio Exterior, encargada de las funciones del Despacho de la Ministra de Comercio Exterior,
Angela María Orozco Gómez.