DECRETO 1897 DE 2000
(septiembre 25)
por el cual se confiere autorización a un funcionario del Instituto Geográfico
Agustín Codazzi para aceptar una invitación.
El Presidente de la República de Colombia, en uso de las facultades constitucionales y legales, en especial las que le confieren los artículos 129 y 189 numeral 18 de la Constitución Política, el artículo 96 del Decreto 1950 de 1973, y
CONSIDERANDO:
Que el funcionario José William Arias López, identificado con cédula de ciudadanía 19115204 de Bogotá, actual Profesional Especializado (E.) código 3010 grado 16 de la Subdirección de Cartografía del Instituto Geográfico Agustín Codazzi, requiere autorización para aceptar el pago por parte de la Escuela Latinoamericana de Geomagnetismo, de todos los gastos de viaje y estancia necesarios para su participación en la 4ª Escuela Latinoamericana de Geomagnetismo (4ª ELAG), evento que tendrá lugar entre el 6 y el 11 de noviembre de 2000 en la ciudad de San José de Costa Rica (Costa Rica);
Que el artículo 129 de la Constitución Política establece que “los servidores públicos no podrán aceptar cargos, honores o recompensas de gobiernos extranjeros u organismos internacionales, ni celebrar contratos con ellos, sin previa autorización del Gobierno”, prohibición concordante con lo dispuesto en el numeral 3 del artículo 41 de la Ley 200 de 1995;
Que de conformidad con el artículo 96 del Decreto 1950 de 1973, las comisiones para atender invitaciones de gobiernos extranjeros, organismos internacionales o entidades particulares, solo podrán ser aceptadas previa autorización del Gobierno Nacional;
Que de conformidad con los Decretos 1174 de 1999 y 1151 de 2000, el Instituto Geográfico Agustín Codazzi es un organismo adscrito al Departamento Administrativo Nacional de Estadística-DANE,
DECRETA:
Artículo 1°. Conferir autorización al funcionario José William Arias López, ya identificado, actual Profesional Especializado (E.) 3010-16 de la Subdirección de Cartografía del Instituto Geográfico Agustín Codazzi, para que previo trámite de la correspondiente comisión, acepte el pago por parte de la Escuela Latinoamericana de Geomagnetismo, de todos los gastos de viaje y estancia necesarios para su participación en la 4ª Escuela Latinoamericana de Geomagnetismo (4ª ELAG), evento que tendrá lugar entre el 6 y el 11 de noviembre de 2000 en la ciudad de San José de Costa Rica (Costa Rica).
Artículo 2°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 25 de septiembre de 2000.
ANDRES PASTRANA ARANGO
La Directora General Departamento Administrativo Nacional de Estadística,
María Eulalia Arteta Manrique.