DECRETO 1895 DE 1999
(septiembre 28)
por el cual se establece la planta de personal de la Comisión de Regulación de Energía y Gas del Ministerio de Minas y Energía.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades otorgadas por el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política,
CONSIDERANDO:
Que la Comisión de Regulación de Energía y Gas, CREG, presentó los estudios de que tratan los artículos 41 de la Ley 443 de 1998 y 148 y 155 del Decreto 1572 de 1998, modificado por el Decreto 2504 de 1998, para efectos de modificar su planta de personal el cual obtuvo concepto favorable del Departamento Administrativo de la Función Pública, mediante oficio número 010509 del 22 de septiembre de 1999,
DECRETA:
Artículo 1º. Las funciones propias de la Comisión de Regulación de Energía y Gas, del Ministerio de Minas y Energía, serán cumplidas por la planta de personal que a continuación se establece:
No. de cargos
Dependencia y denominación del empleo
Código
Grado
A. DESPACHO DEL DIRECTOR EJECUTIVO
5 (Cinco)
Asesor
1020
18
3 (Tres)
Asesor
1020
17
5 (Cinco)
Asesor
1020
16
2 (Dos)
Asesor
1020
15
3 (Tres)
Asesor
1020
07
2 (Dos)
Asesor
1020
01
B. PLANTA GLOBAL
5 (Cinco)
Experto de Comisión Reguladora
0090
2 (Dos)
Técnico Administrativo
4065
18
2 (Dos)
Técnico Administrativo
4065
13
3 (Tres)
Secretario Ejecutivo
5040
23
2 (Dos)
Auxiliar de Servicios Generales
5335
13
3 (Tres)
Conductor Mecánico
5310
13
Artículo 2º. El Director Ejecutivo de la Comisión de Regulación de Energía y Gas, CREG, mediante resolución, distribuirá los empleos de la planta global de que trata el presente decreto con excepción de los Expertos de Comisión Reguladora, y ubicará el personal teniendo en cuenta la estructura interna, los planes, programas, y las necesidades del servicio.
Artículo 3º. La incorporación de los empleados a la planta de personal establecida en el presente decreto, se efectuará, dentro de los 30 días siguientes a la fecha de su publicación, conforme con las normas sobre la materia.
Los funcionarios vinculados a la planta de personal de la Comisión de Regulación de Energía y Gas, continuarán percibiendo la remuneración correspondiente hasta tanto tomen posesión del nuevo cargo de que trata el artículo 1º del presente decreto.
Artículo 4º. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación, y deroga el Decreto 477 de 1998 y las demás disposiciones que le sean contrarias.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 28 de septiembre de 1999.
ANDRES PASTRANA ARANGO
El Viceministro de Hacienda y Crédito Público, encargado de las funciones del Despacho del Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Juan Mario Laserna Jaramillo.
La Viceministra de Hidrocarburos del Ministerio de Minas y Energía, encargada de las funciones del Despacho del Ministro de Minas y Energía,
María Mercedes Prada Daza.
El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública,
Mauricio Zuluaga Ruiz.