DECRETO 1867 DE 2000
(septiembre 19)
por el cual se autoriza a unos Magistrados para que acepten una invitación.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades conferidas por los artículos 129 y 189 numeral 18 de la Constitución Política,
CONSIDERANDO:
Que el Centro de Documentación Judicial del Consejo General del Poder Judicial de España, ha extendido invitación a los doctores Fernando Enrique Arboleda Ripoll, Magistrado de la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia y Silvio Fernando Trejos Bueno, Presidente de la Sala de Casación Civil y Agraria de la misma Corporación, para que asistan a las jornadas sobre “Red Iberoamericana de Documentación Judicial”, a realizarse del 2 al 4 de octubre de 2000 y al seminario sobre “Procesos de Reforma sobre la Administración de Justicia” el 5 y 6 de octubre del mismo año, en la ciudad de San Sebastián (España);
Que la invitación comprende el pago de los gastos de alojamiento y manutención de los funcionarios invitados;
Que la Sala de Gobierno de la Corte Suprema de Justicia expidió el Acuerdo número 041 de 2000, mediante el cual se concede Comisión de Servicios a los funcionarios invitados del 1 al 7 de octubre del mismo año;
Que de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 129 de la Constitución Política, “los servidores públicos no podrán aceptar cargos, honores o recompensas de gobiernos extranjeros u organismos internacionales, ni para celebrar contratos con ellos, sin previa autorización del Gobierno”;
Que, en mérito de lo expuesto,
DECRETA:
Artículo 1°. Autorízase a los doctores Fernando Enrique Arboleda Ripoll, Magistrado de la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia y Silvio Fernando Trejos Bueno, Presidente de la Sala de Casación Civil y Agraria de la misma Corporación, para que acepten la invitación formulada por el Centro de Documentación Judicial del Consejo General del Poder Judicial de España, y asistan a las jornadas sobre “Red Iberoamericana de Documentación Judicial”, a realizarse del 2 al 4 de octubre de 2000 y al seminario sobre “Procesos de Reforma sobre la Administración de Justicia” el 5 y 6 de octubre de este mismo año, en la ciudad de San Sebastián (España).
La presente autorización se extiende además para aceptar el pago de los gastos de alojamiento y manutención de los funcionarios, por parte de la organización de los eventos citados.
Artículo 2°. El presente decreto rige a partir de su expedición.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 19 de septiembre de 2000.
ANDRES PASTRANA ARANGO
El Ministro de Justicia y del Derecho,
Rómulo González Trujillo.