DECRETO 1833 DE 2001
(septiembre 3)
por el cual se autoriza a una funcionaria de la Rama Judicial para que acepte una invitación.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 96 del Decreto 1950 de 1973 modificado por el Decreto 2197 de 1996, y
CONSIDERANDO:
Que el Poder Judicial de Puerto Rico y Centro Iberoamericano para la Administración de la Justicia, ha formulado invitación a la doctora Gladys Virginia Guevara Puentes, Directora d e la Escuela Judicial Rodrigo Lara Bonilla, para que participe en la reunión de Cortes Supremas de Justicia, que se realizará en San Juan de Puerto Rico los días 5 al 7 de septiembre del año en curso;
Que la invitación comprende el pago de los gastos para apoyar su participación;
Que para la Rama Judicial se hace necesaria la participación de la doctora Gladys Virginia Guevara Puentes, Directora de la Escuela Judicial Rodrigo Lara Bonilla;
Que de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 96 del Decreto 1950 de 1973 modificado por el artículo 1° del Decreto 2197 de 1996, “Las comisiones para atender invitaciones de gobiernos extranjeros, organismos internacionales, o entidades particulares solo podrán ser aceptadas previa autorización del Gobierno Nacional”;
Que en mérito de lo expuesto,
DECRETA:
Artículo 1°. Autorízase a la doctora Gladys Virginia Guevara Puentes, Directora de la Escuela Judicial Rodrigo Lara Bonilla, para que participe en la reunión de Cortes Supremas de Justicia, que se realizará en San Juan de Puerto Rico los días 5 al 7 de septiembre del año en curso.
Que la invitación comprende el pago de los gastos para apoyar su participación.
Artículo 2°. El presente decreto rige a partir de su expedición.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 3 de septiembre de 2001.
ANDRES PASTRANA ARANGO
El Ministro de Justicia y del Derecho,
Rómulo González Trujillo.