DECRETO 1808 DE 2000
(septiembre 14)
por el cual se derogan los Decretos 1256 del 4 de julio de 2000 y el 1585 del 17
de agosto de 2000.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial por las conferidas por el artículo 189 numeral 11 de la Constitución Política,
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto número 1256 del 4 de julio de 2000 se concedió autorización a la doctora Emilia C. Ruiz, Directora General de la Agencia Colombiana de Cooperación Internacional para viajar en Comisión de Servicios a la ciudad de San José, Costa Rica los días 5 al 8 de julio de 2000;
Que mediante Decreto 1585 del 17 de agosto se modificaron los artículos primero y segundo del Decreto 1256 cambiando las fechas de la comisión a Costa Rica de la doctora Ruiz entre el 27 y el 30 de agosto de 2000;
Que por comunicación de Embajada de Colombia en Costa Rica se informó de nuevos cambios en las fechas y por esa razón se hace necesario derogar los Decretos 1256 y 1585,
DECRETA:
Artículo 1°. Derogar el Decreto número 1256 del 4 de julio de 2000, mediante el cual se concedía autorización a la doctora Emilia C. Ruiz, Directora de la Agencia Colombiana de Cooperación Internacional para viajar en Comisión de Servicios a la ciudad de San José, Costa Rica los días 5 al 8 de julio del presente.
Artículo 2°. Derogar el Decreto número 1585 del 17 de agosto de 2000, mediante el cual se modificaba el Decreto 1256 del 4 de julio de 2000.
Artículo 3°. El presente decreto rige partir de la fecha de su expedición.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 14 de septiembre de 2000.
ANDRES PASTRANA ARANGO
El Viceministro de Europa, Asia, Africa y Oceanía encargado de las funciones del Despacho del Ministro de Relaciones Exteriores,
José Nicolás Rivas Zubiría.