DECRETO 1789 DE 2001

Decretos 2001

DECRETO 1789  DE 2001    

(agosto 28)    

por el cual se modifica el Decreto número  589 de 2001.    

El Presidente de la República de  Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en  especial las conferidas por el artículo 45 de la Ley 489 de 1998, y    

CONSIDERANDO:    

Que mediante el Decreto  589 del 4 de abril de 2001 se creó, con carácter temporal, la Comisión  Intersectorial para la Reforma Institucional de los departamentos, para que  presente al Gobierno Nacional propuesta de reforma del marco institucional de  los departamentos, con el fin de fortalecer su capacidad de gestión y de  convertirlos en efectivos promotores de desarrollo regional, para promover la  generación de empleo productivo y la creación de condiciones de competitividad;    

Que teniendo en cuenta la labor que  adelantan las Comisiones de Ordenamiento Territorial del Senado de la República  y la Cámara de Representantes en materia de ordenamiento del territorio, y su  afinidad con la actividad de la comisión intersectorial creada a través del  referido decreto, se estima conveniente que asistan a las sesiones de este  organismo como invitados especiales con carácter permanente, el Presidente de  cada una de las citadas Comisiones de Ordenamiento Territorial;    

Que el Decreto  589 del 4 de abril de 2001, determinó que antes del 30 de septiembre de  2001, la Comisión debería entregar las propuestas de reforma del marco  institucional de los departamentos;    

Que el término inicialmente fijado  resultaría insuficiente para cumplir a cabalidad con el cometido, dada la  complejidad de las temáticas sobre las cuales recaerán las propuestas;    

Que el debate sobre el proyecto de Ley  Orgánica de Ordenamiento Territorial se está iniciando en el Congreso de la  República, por lo que es conveniente armonizar las propuestas con el debate que  allí se surta;    

Que en consideración de lo anterior, se  hace necesario ampliar el plazo para que la Comisión creada por el Decreto 589 de 2001,  presente al Gobierno Nacional las propuestas de reforma del marco institucional  de los departamentos,    

DECRETA:    

Artículo 1°. Modifícase el artículo 1°  del Decreto 589 de 2001,  en el sentido de indicar que la Comisión Intersectorial para la Reforma  Institucional de los departamentos deberá presentar al Gobierno Nacional las  propuestas de reforma del marco institucional de los departamentos, antes del  31 de octubre de 2001.    

Artículo 2°. Modifícase el parágrafo 1°  del artículo 2° del Decreto 589 de 2001,  el cual qued ará así:    

“Parágrafo 1°. Para los fines de la  Comisión serán invitados especiales con carácter permanente, las siguientes  personas:    

a) El Presidente de la Federación  Nacional de Departamentos;    

b) Cuatro Gobernadores designados por la  Federación Nacional de Departamentos;    

c) El Director de la Federación Nacional  de Departamentos;    

d) Cinco Diputados, provenientes de las  distintas regiones del país, designados por la Asociación Nacional de  Diputados;    

e) Dos Alcaldes designados por la  Federación Nacional de Municipios;    

f) Dos ex Gobernadores designados por la  Federación Nacional de Departamentos;    

g) El Presidente de la Comisión de  Ordenamiento Territorial del Senado de la República;    

h) El Presidente de la Comisión de  Ordenamiento Territorial de la Cámara de Representantes”.    

Artículo 3°. El presente decreto rige a  partir de la fecha de su publicación.    

Publíquese, comuníquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 28 de agosto de  2001.    

ANDRES PASTRANA ARANGO    

El Ministro del Interior,    

Armando Estrada Villa.    

               

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