DECRETO 1773 DE 2000

Decretos 2000

DECRETO 1773 DE 2000    

(septiembre 11)    

por el cual se  adiciona el Decreto  1254 de julio 10 de 1999.    

Nota: Derogado por el Decreto 1086 de 2006,  artículo 1º.    

El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades  previstas en los artículos 2 y 189 numeral 4° de la Constitución  Política, y    

CONSIDERANDO:    

Que mediante el Decreto  1254 de julio 10 de 1999 se dictaron medidas para preservar el orden  público en los municipios de los departamentos de Arauca, Casanare, Caquetá,  Guaviare, Meta, Putumayo, Vaupés y Vichada;    

Que de conformidad con el Código Nacional de Policía pueden establecerse  restricciones a la libertad de locomoción para garantizar la seguridad pública;    

Que de acuerdo con información del Ministerio de Defensa Nacional existe  amenaza de alteraciones graves del orden público en algunos municipios de los departamentos  de Cundinamarca y del Tolima;    

DECRETA:    

Artículo 1°. A partir de la fecha de publicación del presente decreto se  extiende la aplicación de las medidas previstas en los artículos primero y  tercero del Decreto  1254 de julio 10 de 1999, para los alcaldes de San Juan de Sumapáz del  departamento de Cundinamarca y de Dolores, Prado, Villarrica y Cunday del  departamento del Tolima.    

Artículo 2°. El presente decreto rige a partir de su publicación.    

Publíquese y cúmplase.    

         Dado en Bogotá, D. C., a 11  de septiembre de 2000.    

ANDRES PASTRANA ARANGO    

El Ministro del Interior,    

Humberto  de la Calle Lombana.    

               

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