DECRETO 1770 DE 2001
(agosto 28)
por el cual se dictan disposiciones en materia salarial.
Nota: Derogado por el Decreto 661 de 2002, art. 11.
El Presidente de la República de Colombia, en desarrollo de las normas generales. señaladas en la Ley 4ª de 1992,
DECRETA:
Artículo 1°. Establécese para el empleo de Presidente de la Empresa Territorial para la Salud, Etesa, un sueldo básico mensual de siete millones cuatrocientos tres mil seiscientos cincuenta y cuatro pesos ($7.403.654) moneda corriente.
Igualmente tendrá derecho a la prima técnica a que se refiere el Decreto número 1624 de 1991 y demás normas que lo modifican o adicionen.
Artículo 2°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica las disposiciones que le sean contrarias.
Publíquese y cúmplase
Dado en Bogotá., D. C., a 28 de agosto de 2001.
ANDRES PASTRANA ARANGO
La Ministra de Salud,
Sara Ordóñez Noriega.
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Juan Manuel Santos Calderón.
El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública,
Mauricio Zuluaga Ruiz.