DECRETO 1742 DE 2000

Decretos 2000

DECRETO 1742 DE 2000    

(septiembre 9)    

por medio del cual se autoriza  a un funcionario de la Red de Solidaridad Social 

  para aceptar una invitación.    

El Presidente de la  República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y especialmente  por las conferidas por los artículos 129 y 189, numeral 18 de la Constitución  Política de Colombia, y    

CONSIDERANDO:    

Que mediante comunicación  del 31 de julio de 2000, la Licenciada Blanca Lilia García López, Presidenta  del Comité Coordinador de la Red de Solidaridad de América Latina y el Caribe,  invita al doctor Fernando Medellín Lozano, Director General de la Red de  Solidaridad Social, a designar un experto de la Entidad para participar en el  Curso de Formulación, Monitoreo y Evaluación de Programas y Proyectos Especiales  para la Red Social de América Latina y el Caribe, el cual tendrá lugar en las  Instalaciones de la Sede de la Comisión Económica para América Latina, Cepal,  en Santiago de Chile (Chile), entre el 11 y el 15 de septiembre de 2000;    

Que el Director General  de la Red de Solidaridad Social, considera conveniente la participación de la  entidad en el citado curso, y para ello ha designado a la doctora Claudia  Helena Mejía Fernández, Asesora del Programa de Atención a Desplazados, con el  propósito de recibir capacitación en el tema de la Formulación, Monitoreo y  Evaluación de Programas y Proyectos Sociales, y posteriormente se convierta en  ente multiplicador al interior de la Red de Solidaridad Social;    

Que la Red Social de  América Latina y el Caribe, otorgará pasajes aéreos de ida y regreso, hospedaje  y alimentación, y asumirá el costo de participación en el curso de la doctora  Claudia Helena Mejía Fernández;    

Que el artículo 129 de la Constitución Política de  Colombia establece: “Los servidores públicos no podrán aceptar cargos,  honores o recompensas de gobiernos extranjeros y Organismos Internacionales, ni  celebrar contratos con ellos, sin previa autorización del Gobierno”. Así  mismo, el numeral 18 del artículo 189 ibidem  señala que corresponde al Presidente de la República como Jefe de Estado, Jefe  de Gobierno y Suprema Autoridad Administrativa: Numeral 18 “conceder  permiso a los empleados públicos nacionales que lo soliciten, para aceptar con  carácter temporal, cargos o mercedes de gobiernos extranjeros”;    

Que por lo expuesto,    

DECRETA:    

Artículo 1°. Autorízase a  la doctora Claudia Helena Mejía Fernández, Asesor Código 1020 Grado 09 de la Red de Solidaridad Social, para  aceptar los costos de pasajes aéreos de ida y regreso, hospedaje y  alimentación, requeridos para participar en el Curso de Formulación, Monitoreo  y Evaluación de Programas y Proyectos Especiales para la Red Social de América  Latina y el Caribe, el cual tendrá lugar en las Instalaciones de la Sede de la  Comisión Económica para América Latina, Cepal, en Santiago de Chile, por el  lapso comprendido entre el 11 y el 15 de septiembre de 2000.    

Artículo 2°. El presente decreto rige a partir de  la fecha de su expedición.    

Publíquese, comuníquese y  cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a  9 de septiembre de 2000.    

ANDRES PASTRANA ARANGO    

El Director del  Departamento Administrativo de la Presidencia de la República,    

Eduardo Pizano de Narváez.    

               

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