DECRETO 1732 DE 1999
(septiembre 7)
por el cual se adiciona el Decreto 68 de 1999.
El Presidente de la República de Colombia, en desarrollo de las normas generales señaladas en la Ley 4ª de 1992,
DECRETA:
Artículo 1°. A partir de la vigencia del presente decreto, el empleo de Asesor 210-48 del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, tendrá derecho, previa autorización del Director de dicho Departamento, a la Prima Técnica prevista en el Decreto 1624 de 1991 y demás normas que lo modifiquen, adicionen o sustituyan.
Artículo 2°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica en lo pertinente el Decreto 68 de 1999.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 7 de septiembre de 1999.
ANDRES PASTRANA ARANGO
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Juan Camilo Restrepo Salazar.
El Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República,
Juan Hernández Celis.
El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública,
Mauricio Zuluaga Ruiz.