DECRETO 1718 DE 2000
(septiembre 4)
por el cual se autoriza a unas funcionarias del Ministerio de Justicia
y del Derecho para que acepten una invitación.
El Presidente de la Republica de Colombia, en ejercicio de las facultades conferidas por los artículos 129 y 189 numeral 18 de la Constitución Política,
CONSIDERANDO:
Que las doctoras Mónica Fonseca Jaramillo, Directora de Políticas de Justicia, Diana Alexandra Remolina Botía, Directora de Defensa Judicial de la Nación y Liliana Donado Sierra, Profesional Especializado de la Dirección de Política de Drogas y Estupefacientes, como funcionarias del Ministerio de Justicia y del Derecho, han sido designadas para formar parte de la delegación colombiana que asistirá al “Seminario Técnico sobre Armonización Legislativa en Materia de Drogas” a celebrarse en la ciudad de Lisboa-Portugal, del 4 al 6 de octubre del año 2000;
Que la invitación comprende el pago, por parte de la Comisión Europea, de los gastos de desplazamiento y estadía de los miembros de la Delegación;
Que de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 129 de la Constitución Política, “los servidores públicos no podrán aceptar cargos, honores o recompensas de gobiernos extranjeros u organismos internacionales, ni para celebrar contratos con ellos, sin previa autorización del Gobierno”.
Que, en mérito de lo expuesto,
DECRETA:
Artículo 1°. Autorízase a las doctoras Mónica Fonseca Jaramillo, Directora de Políticas de Justicia, Diana Alexandra Remolina Botía, Directora de Defensa Judicial de la Nación y Liliana Donado Sierra, Profesional Especializado de la Dirección de Política de Drogas y Estupefacientes, funcionarias del Ministerio de Justicia y del Derecho, para que asistan como miembros de la delegación colombiana al “Seminario Técnico sobre Armonización Legislativa en Materia de Drogas” a celebrarse en la ciudad de Lisboa-Portugal, del 4 al 6 de octubre del año 2000, evento organizado por la Comisión Europea.
La presente autorización se extiende además para aceptar el pago de los gastos de desplazamiento y manutención de las funcionarias, los cuales correrán de cargo exclusivo de la organización del evento.
Artículo 2°. El presente decreto rige a partir de su expedición.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 4 de septiembre de 2000.
ANDRES PASTRANA ARANGO
El Ministro de Justicia y del Derecho,
Rómulo González Trujillo.