DECRETO 1702 DE 2000

Decretos 2000

DECRETO 1702 DE 2000    

(septiembre 4)    

por el cual se ordena una  comisión.    

El Presidente de la  República de Colombia, en uso de las facultades constitucionales y legales y en  especial de las que le confieren los artículos 34 y 76 del Decreto 1950 de 1973,  Decreto 1050 de 1997  y el artículo 12 del Decreto 060 de 1999,    

DECRETA:    

Artículo 1°. Comisiónase  a la doctora Gloria Gómez de Estrada, Subdirectora Estratégica y de  Investigaciones de la Dirección Nacional de Estupefacientes, con rango de  Consejero en Misión Especial, para que, a partir del 10 de septiembre del año  2000 y por el término de doce (12) días, se traslade a la ciudad de Washington,  Estados Unidos de América, con el fin de asistir a la Tercera Sesión de  Redacción del Grupo de Expertos Gubernamentales.    

Artículo 2°. La doctora  Gómez de Estrada, tiene derecho a pasaje aéreo en clase económica en la ruta  Bogotá-Miami-Washington-Miami-Bogotá, por valor de un millón ochocientos  veintiún mil setecientos sesenta y dos pesos ($1.821.762) y a la suma de  doscientos cincuenta dólares (US$250) diarios por concepto de viáticos durante  doce (12) días.    

Artículo 3°. El pasaje  señalado en el presente decreto se pagará con cargo al presupuesto del Fondo  Rotatorio del Ministerio de Relaciones Exteriores y los viáticos con cargo a la  Caja Menor número 6 del Fondo Rotatorio del Ministerio de Relaciones Exteriores  constituida mediante Resolución número 0154 de fecha 18 de enero del año 2000.    

Artículo 4°. La doctora  Gómez de Estrada, deberá rendir dentro de los tres (3) días siguientes al  vencimiento de esta comisión el informe sobre su cumplimiento tal como lo  establece el artículo 12 del Decreto 1050 de 1997.    

Artículo 5°. Este decreto  rige a partir de la fecha de su expedición.    

Publíquese, comuníquese y  cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a  4 de septiembre de 2000.    

ANDRES PASTRANA ARANGO    

El Ministro de Relaciones  Exteriores,    

Guillermo Fernández de Soto.    

               

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