DECRETO 1684 DE 2000

Decretos 2000

DECRETO 1684 DE 2000    

(septiembre 4)    

por el cual se autoriza a un  funcionario de la UPME para aceptar una invitación 

  de la Organización Latinoamericana de Energía, Olade.    

El Presidente de la República  de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en  especial de las conferidas por los artículos 129 y 189 (numeral 18) de la Constitución Política, 96  del Decreto 1950 de 1973  y 11 del Decreto 1050 de 1997,  y    

CONSIDERANDO:    

Que el doctor Gilberto  Jaimes Flórez, Asesor 1020-11 de la Unidad de Planeación Minero-Energética,  UPME, ha sido invitado por la Organización Latinoamericana de Energía, Olade,  para que se traslade a la ciudad de Quito, Ecuador, con el fin de asistir al  “Taller sobre Formulación de Políticas Energéticas en la Comunidad Andina  y México”, organizado por el Proyecto Energía y Desarrollo Sustentable en  América Latina y el Caribe que ejecutan Olade, Cepal y GTZ, durante el período  comprendido entre el 10 y el 15 de septiembre del año en curso, incluidos los  días de ida y regreso;    

Que para el cumplimiento  de esta comisión, los pasajes aéreos de ida y regreso, alimentación, hospedaje  y demás gastos, serán cubiertos en su totalidad por el proyecto  Olade-Cepal-GTZ,    

DECRETA:    

Artículo 1°. Autorizar al  doctor Gilberto Jaimes Flórez, Asesor 1020-11 de la Unidad de Planeación Minero  Energética, UPME, para aceptar la invitación de la Organización Latinoamericana  de Energía, Olade, para que se traslade a la ciudad de Quito, Ecuador, con el  fin de asistir al “Taller sobre Formulación de Políticas Energéticas en la  Comunidad Andina y México”, organizado por el Proyecto Energía y Desarrollo  Sustentable en América Latina y el Caribe que ejecutan Olade, Cepal y GTZ,  durante el período comprendido entre el 10 y el 15 de septiembre del año en  curso, incluidos los días de ida y regreso.    

Los pasajes aéreos de ida  y regreso, alimentación, hospedaje y demás gastos, serán cubiertos en su  totalidad por el proyecto Olade-Cepal.GTZ.    

Artículo 2°. El presente decreto  rige a partir de la fecha de su expedición.    

Publíquese, comuníquese y  cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a  4 de septiembre de 2000.    

ANDRES PASTRANA ARANGO    

El Ministro de Minas y  Energía,    

Carlos  Caballero Argáez              

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