DECRETO 1679 DE 2001
(agosto 14)
por el cual se confiere comisión de servicios al exterior y se hace un encargo en el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el artículo 34 del Decreto 1950 de 1973, por los Decreto 1050 y 2004 de 1997, 26 de 1998, 476 y 1461 de 2001,
CONSIDERANDO:
Que Mediante comunicación del 17 de julio de 2001, suscrita Por el Ministro de Estado de Trabajo y Empleo de Brasil, convocó al doctor Angelino Garzón, Ministro de Trabajo y Seguridad Social, a participar en la Reunión de Ministros de Trabajo de Mercosur y de la Comunidad Andina de Naciones, que se celebrará el 24 de agosto de 2001 en Río de Janeiro, Brasil;
Que dada la trascendencia de esta reunión, es de vital importancia la participación activa del Ministro de Trabajo y Seguridad Social de Colombia;
Que se cuenta con la correspondiente disponibilidad presupuestal para atender los gastos que ocasione esta comisión, con cargo a la caja menor de viáticos del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social-Grupo Administrativo– según certificación expedida por el funcionario responsable del manejo de Caja Menor, de fecha 10 de agosto del presente año,
DECRETA:
Artículo 1°. Confiérese Comisión de Servicios al exterior al doctor Angelino Garzón Ministro de Trabajo y Seguridad Social, del 23 al 25 de agosto del presente año incluidos los días de desplazamiento, para que asista y participe en la Reunión de Ministros de Trabajo de Mercosur y de la Comunidad Andina de Naciones, que se celebrará el 24 de agosto de 2001 en Río de Janeiro, Brasil.
Artículo 2°. El doctor Angelino Garzón Ministro de Trabajo y Seguridad Social, tendrá derecho a pasajes de ida y regreso en primera clase y al pago de viáticos a razón de doscientos sesenta y cinco dólares (US$265.00) diarios durante los primeros dos (2) días y de ciento treinta y dos dólares con cincuenta centavos de dólar (US$132.50) el último día, que se pagarán con cargo al Presupuesto del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social para la actual vigencia fiscal, con cargo a la Caja Menor de viáticos del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social-Grupo Administrativo, según certificación expedida por el funcionario responsable del manejo de la Caja Menor de fecha 10 de agosto de 2001.
Artículo 3°. Encárgase al doctor Alvaro Patiño Pulido, Viceministro de Trabajo y Seguridad Social, de las funciones del despacho del Ministro de Trabajo y Seguridad Social durante la ausencia de su titular, doctor Angelino Garzón.
Artículo 4°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Comuníquese, publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 14 de agosto de 2001.
ANDRES PASTRANA ARANGO