DECRETO 1655 DE 2001

Decretos 2001

DECRETO 1655  DE 2001    

(agosto 6)    

por el cual se delegan unas funciones  constitucionales.    

El  Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le  confiere el artículo 196 de la Constitución Política, y    

CONSIDERANDO:    

Que el  Presidente de la República se trasladará entre los días 16 y 18 de agosto del  presente año a la ciudad de Santiago de Chile (República de Chile), con el fin  de asistir a la XV Cumbre Presidencial del Grupo de Rio, y del 18 al 21 de  agosto, Visita Oficial a las ciudades de Santa Cruz de la Sierra y La Paz  (República de Bolivia);    

Que de  conformidad con las disposiciones constitucionales y con la precedencia  establecida en las leyes, el Ministro de Justicia y del Derecho, está  habilitado para ejercer las funciones constitucionales como Ministro  Delegatario,    

DECRETA:    

Artículo  1°. Por el tiempo que dure la ausencia del Presidente de la República, en razón  del viaje a que se refiere el primer considerando del presente decreto,  delégase en el Ministro de Justicia y del Derecho, doctor Rómulo González  Trujillo, las funciones constitucionales correspondiente a los siguientes  asuntos:    

1. Artículos 129; 189, con excepción de  lo previsto en los numerales 1 y 2; 304 y 314.    

2. Artículo 150, numeral 10, en cuanto se  refiere al ejercicio de las facultades extraordinarias concedidas al Presidente  de la República.    

3. Artículos 163, 165 y 166.    

4. Artículos 200 y 201.    

5. Artículos 213, 214 y 215.    

Artículo 2°. El presente decreto rige a  partir de la fecha de su expedición.    

Publíquese  y cúmplase.    

Dado en  Bogotá, D. C., a 6 de agosto de 2001.    

ANDRES PASTRANA ARANGO    

El  Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República,    

Gabriel Mesa Zuleta.    

               

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